Los trabajadores que se encuentran de baja médica siempre están expuestos a que el organismo que gestiona su prestación de incapacidad temporal decida poner fin a su periodo de ausencia y les envíe de regreso al trabajo, incluso en aquellos casos en los que los propios empleados consideran que no se han recuperado completamente. En esas situaciones, el trabajador tiene derecho a recurrir el alta y recientemente se ha modificado el proceso de recurso de altas médicas tramitadas por las mutuas colaboradoras para que los trabajadores puedan ejercer su derecho a recurrir con una mayor proetcción.
Lo ha contado el abogado laboralista Agustín Molés en el perfil de TikTok de su despacho, Agustín Molés Abogados. El especialista ha explicado que anteriormente, cuando un trabajador impugnaba un alta emitida por la mutua y relacionada con una baja por accidente o enfermedad profesional, el tiempo que transcurría desde el recurso hasta la resolución de la Seguridad Social no se cobraba.
"La Seguridad Social resolvía la revocación de ese alta o la confirmación de la misma al cabo de un mes y medio aproximadamente. Durante ese periodo, hasta hace poco, el trabajador si veía revocada su impugnación, con lo cual confirmaba el alta, ese mes y medio que pasaba desde la impugnación hasta la resolución no lo cobraba", explica Molés en un vídeo en su perfil.











