La Sala Penal acordó pedir un cambio en el Código Penal tras verse obligado a absolver a una mujer condenada por desatender a un hombre que estaba bajo sus cuidados
El Tribunal Supremo ha reclamado formalmente al Gobierno lo que ya plasmó hace unas semanas en una sentencia: una reforma del Código Penal para que se considere delito el abandono de personas con discapacidad física que requieran cuidado. El presidente de la Sala Segunda (Penal), Andrés Martínez Arrieta, ha dirigido una carta al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en la que solicita este cambio, que implicaría modificar el artículo 229 del Código Penal para que el delito de abandono, que ahora solo protege a los menores o personas con discapacidad intelectual, se extienda a las personas con discapacidad física. “El pleno de la Sala II de este tribunal no ha identificado ninguna razón que pueda justificar la exclusión de las personas con este tipo de discapacidad del ámbito de protección de la norma que, como se precisa en la sentencia, se limita exclusivamente a las personas con discapacidad intelectual”, recoge la carta, a la que ha tenido acceso EL PAÍS.
El Pleno de la Sala Penal decidió hacer esta petición en una sentencia dictada en febrero en la que tuvo que absolver a una mujer que había sido condenada por desatender a un hombre que estaba bajo sus cuidados y que padecía un importante deterioro físico. Para el Supremo, ese caso, en el que revocó la condena que habían dictado dos tribunales con anterioridad, evidenció “la necesidad político-criminal de una reordenación y revaluación sistemática y coherente del tratamiento penal de la vulnerabilidad”.






