El alto tribunal rechaza reducir la pena al condenado, a quien se reconoció el síndrome del cuidador quemado y que esto afectó a su toma de decisiones a la hora de dejar agonizar a su mujer

La condena a Rogelio Ovejero, el hombre acusado de dejar agonizar hasta la muerte a su esposa afectada por diversas patologías, ya es firme. El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por la defensa de Ovejero contra la sentencia que le condenó como autor de un delito de homicidio por omisión al considerar probado que la mujer, de 67 años, se cayó en su casa el 1 de diciembre de 2022, pero el hombre, pese a que estaba en ese momento en el domicilio, optó por no socorrerla y no avisó a los servicios de emergencias hasta que falleció, tres días después. El alto tribunal mantiene también la aplicación de una atenuante que redujo la pena al concluir que el acusado estaba afectado por el síndrome del cuidador quemado, lo que alteró su capacidad de tomar decisiones cuando su mujer se cayó y en los días posteriores.

La mujer de Ovejero, María Juana Q., llevaba dos años sin apenas salir de su casa, situada en una tercera planta sin ascensor del distrito Puente de Vallecas. En 2010 le habían diagnosticado esclerosis múltiple y también padecía insuficiencia respiratoria y obesidad, lo que había mermado enormemente su calidad de vida. La mujer necesitaba ayuda para caminar o hacer las tareas básicas, como asearse o cocinar, y no pudo levantarse cuando se cayó al suelo, “de baldosa, fría”, recoge la sentencia. Ovejero, según dio por probado un jurado popular, tomó la decisión de no intentar levantarla ni solicitar ayuda médica. “Durante todo el tiempo en que estuvo tendida a partir de ese momento, y hasta su fallecimiento, no le proporcionó la oxigenoterapia que necesitaba, dejó que se orinara y defecara encima y siguió sin avisar a los servicios de emergencias, limitando su asistencia a facilitarle medicación analgésica, a colocarle una almohada debajo de la cabeza y a taparla con una manta”, describe la resolución.