El tribunal se pronuncia tras estudiar un caso en el que ha tenido que absolver a una mujer condenada por desatender a un hombre que estaba bajo sus cuidados

El Tribunal Supremo ha propuesto al Gobierno reformular el concepto de vulnerabilidad que figura en el Código Penal para que se pueda sancionar el delito de abandono a personas con discapacidad física permanente. Los magistrados han planteado esta propuesta tras haber tenido que absolver a una mujer que había sido condenada por desatender a un hombre que estaba bajo sus cuidados y que padecía un importante deterioro físico....

El Pleno de la Sala de lo Penal ha dado la razón a la mujer porque el artículo 229 del Código Penal en su redacción actual limita su ámbito de protección a los menores de edad y a las personas con discapacidad mental o intelectual. Este tipo penal deja fuera los supuestos de discapacidad exclusivamente física, incluso cuando se generan situaciones extremas de dependencia y vulnerabilidad.

El Supremo actúa bajo el amparo del artículo 4.2 del Código Penal que permite a los tribunales poner de manifiesto al Gobierno la necesidad de abordar una reforma legislativa cuando considera que la respuesta penal prevista por la ley es insuficiente.