Es la primera vez que la Fiscalía, y no el afectado, recurre ante el tribunal la denegación de esa garantía
El Tribunal Constitucional ha amparado por unanimidad a un ciudadano a quien se había denegado el habeas corpus —comparecer ante el juez— tras ser detenido por la policía. Los seis magistrados de la Sala Segunda han considerado que el juez que denegó esa garantía al detenido que la pidió no podía hacerlo basándose en presuntas razones de fondo, porque el procedimiento pretende precisamente que la comparecencia sea automática y que solo después de que la persona detenida haya comparecido ante el juez, éste decida antes de 24 horas sobre la legalidad de su detención. Por primera vez, además, había sido la fiscalía, y no el propio afectado, quien recurrió en amparo la denegación de esa f...
orma de control judicial, una institución de antiquísima tradición y origen anglosajón.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Arnaldo, reitera la consolidada doctrina constitucional española en la materia. “Se trata, como es sabido, de un instituto propio del Derecho anglosajón, donde cuenta con una antiquísima tradición y se ha evidenciado como un sistema particularmente idóneo para resguardar la libertad personal frente a la eventual arbitrariedad de los agentes del poder público”, reza la ley española. Aún siendo anglosajón su origen, en el contexto internacional actual, el Gobierno de Donald Trump —y su célebre asesor Steve Banon— ha defendido durante el último año la abolición de dicha garantía dentro de Estados Unidos y en particular cuando los solicitantes sean inmigrantes en vías de deportación.






