El tribunal da la razón a la banca, en dos nuevas sentencias, pero insta a los jueces a revisar caso por caso
El Tribunal Supremo ha dado a conocer este miércoles uno de los fallos más esperados por la banca y consumidores sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), utilizado para calcular las cuotas de alrededor de un millón de hipotecas y que durante años resultó ser más caro que los préstamos basados en el euríbor. El Pleno de la Sala de lo Civil ha descartado declarar abusivas y, por tanto, anular la generalidad de este tipo de índice variable, al entender que se debe revisar caso a caso y comprobar si las entidades facilitaron toda la información posible a los consumidores que les permitiera entender el funcionamiento de este índice controvertido. En este sentido, en dos nuevas sentencias, los magistrados del alto tribunal han actualizado los parámetros orientativos utilizado por los jueces de primera instancia para realizar el examen de transparencia que determine la legalidad de las cláusulas.
El Supremo retomó este debate jurídico el pasado 1 de octubre cuando los 10 magistrados que componen la Sala de lo Civil se reunieron para comenzar a analizar los recursos pendientes de sentencia sobre este asunto, teniendo en cuenta la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), del 12 de diciembre de 2024, en la que reiteró que hay situaciones en las que los jueces españoles pueden anular esta cláusula por falta de transparencia, así como la anterior dictada el 13 de julio de 2023.








