Acabado el verano, el mundo judicial se despereza con la ceremonia solemne de apertura del año judicial. Así es desde 1870, cuando lo estableció la Ley Orgánica Provisional del Poder Judicial, cuya provisionalidad duró hasta 1985. Ciento quince años. La ceremonia de apertura del año judicial escenifica el día grande del mundo judicial, equivalente, por su significado, al día de las fuerzas armadas para el mundo castrense. Cada mundo con su ostentación, sus revestimientos, su presidencia regia y su público. El acto judicial es un rito decimonónico de boato cansino, de togas con vuelillos en las bocamangas, vulgarmente conocidos como puñetas, y con prudentes discursos escasamente comprometidos.
Ahora sería buena ocasión para una consideración crítica sobre todo ello. Sobre las razones de la provisionalidad más que centenaria de esta ley, y la similar pervivencia de otras leyes civiles, mientras las leyes penales son tan efímeras como los regímenes políticos o los gobiernos de turno. Sería buena ocasión de repensar el porqué de la permanencia de la liturgia de las togas con su efecto intimidante y distanciador, que no ha menguado desde que Jovellanos, hacia 1770, decretó la supresión de las pelucas en la Audiencia de Sevilla, o cuando, ya por los años 50 del siglo pasado, la costumbre olvidó los birretes en el fondo de los armarios. Y también sería una buena ocasión para pensar la razón por la que, cumpliendo el mandato de la vieja ley, desde 1870 el acto era presidido por el ministro de justicia, con su discurso inaugural, pero desde 1980 lo preside el rey, pero callado, porque solo hablan el fiscal general y la presidenta del Tribunal Supremo. Sobre todo, ahora sería una buena ocasión para hablar de la cotidiana y esforzada justicia de nuestros jueces y de las pequeñas o clamorosas y trascendentales injusticias de algunos.






