Los cuatro magistrados del bloque conservador han formulado votos discrepantes contra la sentencia que avala la ley de amnistía. Todos la consideran rotundamente inconstitucional. Entre los argumentos más contundentes, el magistrado Enrique Arnaldo estima que el fallo supone una ruptura del pacto constitucional de 1978, ya que la Constitución en modo alguno permite una ley de amnistía.
Esta prohibición la aprecian los otros tres magistrados del bloque conservador del tribunal, quienes exponen que el Parlamento se extralimitó en sus funciones, al aprobar una norma que implica una “autoamnistía” para algunos de los grupos proponentes y un apoyo para la investidura del candidato socialista, que sería el precio pagado por dicho respaldo.
Enrique Arnaldo expone que el recurso del PP debió ser estimado en su integridad. “Entiendo que la norma es inconstitucional en su conjunto”. En este punto, el voto particular considera que la norma implica contrariar frontalmente principios esenciales de nuestro ordenamiento constitucional. Entre ellos, la seguridad jurídica, la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, la separación de poderes, la independencia del poder judicial y la exclusividad jurisdiccional, así como la propia supremacía de la Constitución.









