El Tribunal Constitucional ha aprobado por seis votos a cuatro la sentencia que avala todos los aspectos nucleares de la ley de amnistía. El órgano de garantías considera que la norma sirve al interés público por facilitar la normalización política en Cataluña sin implicar la vulneración de principios y derechos establecidos por la Constitución. Han votado a favor del fallo elaborado por la ponente y vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, el presidente Cándido Conde-Pumpido y los magistrados Ramón Sáez, María Luisa Balaguer, Laura Díez y María Luisa Segoviano, todos de la corriente progresista, ahora mayoritaria en el pleno. Los votos en contra han procedido de los miembros del bloque conservador: Enrique Arnaldo, Ricardo Enríquez, Concepción Espejel y César Tolosa, que han formulado votos discrepantes por escrito.

El fallo no se refiere al delito de malversación, sobre el que el Tribunal Supremo ha considerado que no es aplicable la amnistía. El Constitucional tendrá que resolver este aspecto cuando dicte sentencia sobre los recursos de amparo que ya se han presentado, o que se presentarán próximamente —como se prevé en el caso del líder de Junts, Carles Puigdemont— contra dicha interpretación de la Sala Penal encargada de la causa del procés. El órgano de garantías también deberá resolver sobre otras 15 impugnaciones presentadas contra la ley de amnistía por las comunidades autónomas gobernadas por el PP y sobre cuatro cuestiones de inconstitucionalidad procedentes de órganos judiciales, entre ellas la planteada por el Supremo. Los respectivos fallos recogerán la doctrina de esta primera sentencia y no se apartarán, por tanto, del aval dado a la ley.