ExplicativoEspaña prohibió andar en moto y conducir con chanclas. Foto: iStockPERIODISTA27.08.2026 10:14 Actualizado: 27.08.2026 10:14

Las chanclas y las sandalias dejarán de ser una opción permitida para quienes circulen en motocicleta o ciclomotor en España. La actualización del Reglamento General de Circulación, aprobada mediante real decreto el 24 de junio, establece a partir el 1 de octubre el uso obligatorio de zapato cerrado y refuerza las exigencias relacionadas con el uso obligatorio de los guantes y el casco.España prohibió andar en moto y conducir con chanclas. Foto:iStock LEA TAMBIÉN La nueva regulación se aplicará tanto a quienes conducen motocicletas y ciclomotores como a sus pasajeros. A partir de entonces, el calzado cerrado será obligatorio independientemente de la vía por la que circulen.El incumplimiento de esta disposición podrá ser sancionado con una multa de 200 euros, unos 700.000 pesos colombianos. La medida incorpora por primera vez una regulación específica sobre el tipo de calzado que deben utilizar los usuarios de estos vehículos.Según el diario La Razón de España, la reforma también establece que los conductores y pasajeros de motocicletas deberán utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas. Esta prenda, que hasta ahora tenía carácter opcional, pasa a formar parte de las obligaciones de seguridad contempladas por el reglamento.La norma prevé igualmente sanciones de 200 euros por incumplir esta obligación. Sin embargo, existe un periodo adicional para la homologación de los guantes: según detallan los medios de comunicación españoles, la exigencia de que sean homologados comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2027.El uso de casco y guantes certificados también será obligatorio a partir del 1 de octubre de 2027. Foto:iStock LEA TAMBIÉN Entre las modificaciones figura también la obligación de utilizar cascos homologados. La nueva regulación diferencia estos dispositivos de aquellos que únicamente cuentan con un certificado de calidad.Otra modificación relacionada con las motocicletas permitirá circular por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, siempre que el tramo esté debidamente señalizado y sin superar los 30 kilómetros por hora.La actualización del Reglamento General de Circulación en España también incorpora medidas dirigidas a los usuarios de vehículos de movilidad personal y a quienes realizan labores de reparto. Entre ellas se contempla una edad mínima de 15 años para conducir vehículos de movilidad personal, además del uso de casco y, durante la noche o en condiciones de baja visibilidad, chaleco reflectante.Los repartidores que se desplacen en bicicleta, ciclomotor, motocicleta o vehículos de movilidad personal deberán utilizar igualmente casco y chaleco reflectante. Las modificaciones forman parte de una revisión normativa que, según informa la Dirección General de Tráfico (DGT), busca reforzar la protección de los usuarios considerados vulnerables, entre ellos peatones, ciclistas y motoristas.Más noticias en EL TIEMPO Sigue toda la información de Internacional en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.