Brenda Quevedo Cruz podrá continuar en libertad el proceso penal que enfrenta por el caso Wallace, luego de que un juez federal retiró las medidas cautelares que la mantenían bajo prisión domiciliaria, con brazalete electrónico y custodia permanente de la Guardia Nacional.La determinación se tomó la noche del 7 la madrugada del 8 de agosto, durante una audiencia virtual que se prolongó durante aproximadamente 11 horas y terminó después de la medianoche, ante el Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, a cargo del encargado de despacho Juan Alfredo Buendía Rodríguez.El juez determinó que habían cambiado las circunstancias que justificaron las medidas cautelares impuestas a Quevedo y ordenó retirar el dispositivo de geolocalización que portaba desde 2024, suspender la vigilancia permanente de la Guardia Nacional en su domicilio y poner fin al régimen de prisión domiciliaria.La modificación no implica que haya sido absuelta ni que el proceso penal haya concluido. Brenda Quevedo deberá continuar sujeta a medidas cautelares menos restrictivas: tendrá que presentarse una vez al mes ante el juzgado y permanecer en territorio mexicano, por lo que se mantiene la prohibición de salir del país.El abogado José Mario de la Garza, de la asociación Perteneces A.C., aseguró que la modificación de las medidas cautelares “es un paso muy importante, pero no podemos perder de vista que su proceso continúa”. La organización también difundió un mensaje en el que señaló que continuará acompañando a Quevedo durante el proceso.La revisión de las medidas cautelares había sido solicitada por la defensa desde marzo de 2026, aunque la primera petición fue rechazada. Posteriormente se fijó la audiencia del 7 de agosto.La defensa sostuvo que habían cambiado sustancialmente las circunstancias existentes cuando se impusieron las restricciones en junio de 2024. Uno de los elementos principales es el fallecimiento de Isabel Miranda de Wallace, ocurrido el 8 de marzo de 2025.Entre los argumentos utilizados para restringir los movimientos de Quevedo había sido el supuesto riesgo que representaba para Miranda de Wallace. Ante el cambio de esa circunstancia, la defensa argumentó que ya no existía la misma justificación para mantenerla bajo prisión domiciliaria y vigilancia permanente.La defensa también sostuvo que Quevedo había cumplido las medidas cautelares durante el tiempo en que estuvieron vigentes, que no existía riesgo de fuga y que mantenía arraigo familiar en México. Además, argumentó que sus condiciones de salud requieren atención especializada.Durante la audiencia, representantes de la Fiscalía General de la República (FGR) y asesores jurídicos vinculados con la familia Wallace se opusieron a la modificación de las medidas. Su argumento fue que, aunque Miranda de Wallace falleció, continuaba existiendo un supuesto riesgo para otros integrantes de su familia. También sostuvieron que persistía el riesgo de fuga.Un proceso de casi 21 años sin sentenciaQuevedo enfrenta desde hace aproximadamente 20 años un proceso relacionado con el supuesto secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace Miranda. La investigación comenzó en 2005, cuando Isabel Miranda de Wallace encabezó una campaña para localizar a los responsables del supuesto secuestro y homicidio de su hijo. Entre las personas señaladas estuvo Quevedo, quien entonces tenía 23 años.Fue detenida en noviembre de 2007 en Kentucky, Estados Unidos, y extraditada a México en septiembre de 2009. Permaneció más de 17 años en prisión preventiva antes de que, el 24 de junio de 2024, la Defensoría Pública Federal consiguiera modificar por primera vez su medida cautelar, para dar paso a la prisión domiciliario.Señalamientos de tortura y violaciones a derechos humanosEn 2023 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación en la que reconoció violaciones al debido proceso y a las garantías individuales de Quevedo, y estableció que fue víctima de tortura física y sexual. En 2025, la CNDH emitió otra recomendación relacionada con violaciones a los derechos humanos de familiares de Quevedo.Además, en 2020, el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria determinó que Quevedo había sido objeto de un encarcelamiento amplio e injustificado y que sus derechos habían sido vulnerados.Uno de los antecedentes del caso es la confesión de Juana Hilda González Lomelí, considerada una de las pruebas relevantes de la acusación original. González Lomelí obtuvo un auto de libertad hace dos años después de que se acreditara que había firmado una declaración autoinculpatoria como consecuencia de torturas.En el comunicado difundido el pasado 29 de junio, la defensa de Quevedo destacó que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el amparo directo 26/2022 reconoció la ilicitud de pruebas obtenidas mediante actos de tortura, por lo que sostiene que ese criterio resulta relevante para revisar la evidencia utilizada en el caso Wallace.En junio pasado, organizaciones de derechos humanos anunciaron además la conformación de una nueva representación jurídica para Quevedo, integrada por CEA Justicia, la Clínica Jurídica Minerva Calderón de la IBERO Puebla, la Clínica de Litigio Penal en Contra de Violaciones Graves a Derechos Humanos del ITAM, el Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social, el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, Perteneces y la Red de Abogadas Digna Ochoa.