Economía

El organismo tiene en cuenta si empezó a cobrar el paro para luego suspenderlo o directamente nunca lo percibió antes de iniciar una actividad por cuenta propia

También atiende al periodo de actividad del negocio y si estuvo dado de alta en el RETA o en otra mutualidad

Oficina del SEPE | Foto: EP

Por norma general la prestación contributiva por desempleo se concede a los trabajadores asalariados que han sido despedidos por causas ajenas a su voluntad. Sin embargo, existe una serie de supuestos muy concretos en los que los autónomos también pueden cobrarlo, siempre que hayan sido asalariados con anterioridad durante un determinado plazo.El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) aclara que el cese en el trabajo por cuenta propia no es situación legal de desempleo por sí misma puesto que el cierre del negocio depende del propio autónomo. Ahora bien, si éste ha sido asalariado en el pasado sí que puede cobrar el paro en algunos casos.