Murcia (EFE).- Una sección de lo Social del tribunal de instancia de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un trabajador que fue sancionado con dos días de suspensión de empleo y sueldo tras hacer un comentario de contenido sexual para quejarse del calor que hacía en la tienda en la que prestaba sus servicios.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, señala que la empresa consideró inadecuado ese comentario por apartarse de sus principios éticos y por haber sido vertido delante de compañeros y clientes.
Los hechos
El juzgado declara probado que los hechos ocurrieron en septiembre de 2025, cuando el demandante hablaba con otro trabajador sobre la temperatura y la humedad que existía en ese momento en la tienda “y manifestó expresamente y en tono de voz elevado que ´cuando tenga calor me voy a tener que sacar la chorra´”.
Esa expresión fue escuchada por un compañero que no solo se la reprochó por inapropiada, sino que puso el hecho en conocimiento de la empresa.









