NoticiaEl trabajador alegaba un despido ilegal y pedía su reintegro. La Corte Suprema concluyó que el proceso disciplinario respetó el debido proceso.Cesantías. Foto: iStockPERIODISTA JUDICIAL21.07.2026 16:40 Actualizado: 21.07.2026 16:54
La Corte Suprema dejó en firme el despido de un trabajador de Huawei que reclamaba su reintegro luego de que la compañía terminara su vínculo laboral por no acreditar el destino de 100 millones de pesos que retiró de sus cesantías para la compra de vivienda.Con esta decisión, la Sala Laboral se negó a casar la sentencia del Tribunal Superior de Medellín, que previamente había confirmado el fallo de primera instancia que absolvió a la empresa de todas las pretensiones presentadas por Gustavo Adolfo Díaz Flórez.El trabajador pidió que se declarara que su despido fue "injusto, ilegal, violatorio del debido proceso y, como consecuencia de ello, ineficaz", además de su reintegro al cargo que ocupaba, junto con el pago de salarios, prestaciones sociales y perjuicios.La decisión fue proferida por la Corte Suprema de Justicia. Foto:CortesíaAlegó que, luego de que la empresa no obtuviera autorización del Ministerio de Trabajo para despedir colectivamente a 289 trabajadores, inició una "estrategia para desvincular a empleados con más de 20 años de servicio, cuyas indemnizaciones eran cuantiosas", aseguró en la demanda.De acuerdo con su versión, fue citado a descargos en mayo de 2019 por no legalizar el retiro parcial de cesantías y decidió no rendir versión porque "no sentía garantías para ello". Un mes después fue despedido.Huawei respondió que el despido obedeció exclusivamente a que el trabajador nunca acreditó que los recursos retirados de sus cesantías hubieran sido destinados a la compra de vivienda, como lo había solicitado.Según la empresa, le abrieron un proceso disciplinario que "fue llevado a cabo con todas las exigencias normativas y convencionales, y con pleno respeto de las garantías asociadas al debido proceso".La compañía explicó que el trabajador solicitó el retiro de 100 millones de pesos de sus cesantías con una promesa de compraventa de derechos hereditarios sobre un inmueble, pero posteriormente no entregó los soportes que demostraran la destinación legal de esos recursos.La Corte respaldó el proceso disciplinarioAl revisar el caso en casación, la Sala Laboral concluyó que no había razones para modificar las decisiones adoptadas por los jueces de Medellín.El alto tribunal concluyó que la empresa tenía justa causa para terminar el contrato. Foto:EL TIEMPOEl alto tribunal recordó que estaba plenamente demostrado que el trabajador retiró los recursos, que posteriormente fue requerido en varias oportunidades para justificar su utilización y que, ante la ausencia de respuesta, fue citado a descargos antes de la terminación del contrato."Era válido, además de necesario, que su reproche lo acompañara de una acusación sobre la vulneración del artículo 467 del Código Sustantivo del Trabajo, que es la norma que le atribuye fuerza obligatoria a este tipo de disposiciones extralegales", se lee en la sentencia.Con esos argumentos, la Corte decidió no casar la sentencia del Tribunal Superior de Medellín y dejó en firme las decisiones que concluyeron que el despido fue ajustado a la ley y que no había lugar al reintegro ni al reconocimiento de las indemnizaciones reclamadas por el trabajador.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.








