Contenido automatizadoConozca a quiénes beneficia la ley, los nuevos recargos y las millonarias multas por incumplir la normabúsqueda de trabajo Foto: Generada con IA/ GeminiPERIODISTA18.07.2026 17:36 Actualizado: 18.07.2026 17:36
El mercado laboral en Colombia vive una de sus transformaciones más profundas en la historia reciente. Desde este 15 de julio, la jornada máxima legal de trabajo en el país se estableció en 42 horas semanales, un hito que marca la culminación del cronograma de reducción gradual que se fijó inicialmente en la Ley 2101 de 2021 y que se complementó de manera directa con las modificaciones de la reforma laboral aprobada mediante la Ley 2466 de 2025. LEA TAMBIÉN Este cambio normativo obliga a los empleadores a reorganizar los turnos y la distribución del tiempo laboral. La principal premisa de la ley es que esta flexibilización del tiempo no puede representar, bajo ninguna circunstancia, una disminución en los salarios que perciben los empleados actuales.La adopción de este nuevo límite de tiempo no es un hecho aislado, sino el resultado de un proceso escalonado que busca sintonizar al país con los estándares internacionales de eficiencia. Durante una entrevista para La FM Radio, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, explicó el proceso que ha seguido el país para la adopción de este límite de horas. El funcionario declaró: "Nosotros empezamos a esa reducción desde el año 2023. Primero fue a 46 horas, después a 44 y ahora, a partir de hoy será una jornada laboral semanal de 42 horas".Según los análisis de la cartera de MinTrabajo, la disminución de la jornada busca alinear al aparato productivo del país con las dinámicas internacionales donde la productividad no depende de la extensión de la jornada, sino de la eficiencia en los procesos.Para llevar a la práctica la reducción de las dos horas semanales que restaban, las empresas tienen dos caminos legales: los ajustes se pueden realizar por decisión unilateral de la empresa o por concertación entre las partes. Un paso administrativo indispensable es que las organizaciones actualicen su reglamento interno de trabajo y lo radiquen ante el Ministerio de Trabajo para su respectiva revisión y depósito, un trámite que servirá como soporte ante eventuales reclamaciones o procesos de fiscalización futuros.El recorte de horas coincide con el aumento del recargo nocturno. Foto:iStockLas reglas de juego para los recargos y horas extrasLa entrada en vigencia de las 42 horas semanales coincide con un ecosistema de reglas laborales renovado por las leyes recientes. El ministro Sanguino recordó que la jornada diurna se desarrolla entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., momento en el cual empieza a regir la jornada nocturna con su respectivo recargo de 35 % sobre el valor de la hora ordinaria, o de 75 % en caso de que corresponda a tiempo suplementario.Respecto al dinero adicional que deben percibir los trabajadores por sus labores en días de descanso obligatorio, las tarifas vigentes y los límites legales quedaron distribuidos de la siguiente manera:• El límite máximo de horas extras permitidas se mantiene en 12 horas a la semana, lo que establece un tope total absoluto de 54 horas semanales de actividad.• El recargo por dominicales y festivos se incrementó a 90 % a partir del pasado 1 de julio de 2026.Esta transición hacia la semana de 42 horas tiene un efecto económico inmediato sobre el costo de la hora de trabajo en Colombia. Debido a que la ley prohíbe explícitamente reducir el salario de los trabajadores a causa de la disminución de horas, el valor de la hora de trabajo ordinaria registra un incremento automático. Este reajuste eleva de manera proporcional la base sobre la cual se calculan los recargos nocturnos, dominicales y las horas extras, modificando los costos de nómina para las empresas que operan con personal fuera del horario diurno ordinario.Ofertas en seguridad y salud en el trabajo Foto:iStockLos sectores y cargos excluidos de la reducciónUna de las mayores claridades que han tenido que hacer las autoridades laborales es que las nuevas disposiciones sobre la jornada semanal están diseñadas en exclusiva para el sector privado regido por el Código Sustantivo del Trabajo. Los empleados públicos no están cubiertos por esta reducción a 42 horas, debido a que sus jornadas y condiciones laborales se rigen por disposiciones estatutarias diferentes, las cuales se definen a través de procesos de concertación y negociación colectiva entre el Estado y las federaciones de trabajadores públicos.Por otro lado, la aplicación de la reducción de jornada para el personal con cargos de dirección, confianza y manejo ha generado precisiones en el ámbito jurídico. Ante esta incertidumbre, Camilo Cuervo, abogado laboralista de la firma Holland & Knight, explicó que, si bien teóricamente existe una jornada máxima, en la práctica estos empleados tienen un régimen especial. Cuervo detalló: "En la práctica no les aplica porque el tope de su trabajo no está cuantitativamente determinado en el número de horas, sino que está determinado por el cabal cumplimiento de sus obligaciones, de modo que no hay posibilidad de determinar dónde empieza una hora extra o no".Las empresas que no apliquen la medida se arriesgan a multas. Foto:iStockLas sanciones económicas para las empresas que incumplanEl Ministerio de Trabajo posee facultades de inspección, vigilancia y control que se ejercen de oficio o a solicitud de los empleados mediante quejas formales. El esquema de sanciones para las organizaciones que se abstengan de aplicar el nuevo tope semanal contempla severas consecuencias monetarias y legales.Las empresas que incumplan se exponen a multas administrativas que pueden alcanzar hasta los 5.000 salarios mínimos legales vigentes. Adicionalmente, los empleadores podrían enfrentar procesos formales ante la justicia laboral que tendrían la facultad de ordenar el pago de indemnizaciones por autodespido o de retroactivos por horas extras mal liquidadas debido a la no aplicación del nuevo divisor horario.*Artículo desarrollado con apoyo de IA y revisado por un periodista. LEA TAMBIÉN LEA TAMBIÉN Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.










