Aunque la Sección Segunda del Consejo de Estado admitió la demanda, ningún magistrado podrá participar de la decisión, pues todos se declararon impedidos, porque sus sueldos se calculan basándose en el de los congresistas.Foto: PresidenciaResume e infórmame rápidoEscucha este artículoAudio generado con IA de Google0:00/0:00El Consejo de Estado acaba de ponerle freno de mano a la entrada en vigencia del decreto con el cual el gobierno de Gustavo Petro busca recortar el sueldo de los congresistas a partir del próximo 20 de julio. El alto tribunal accedió a la medida cautelar solicitada en una demanda que busca tumbar todo el decreto 030 de 2026 por considerar que ese recorte vulnera los derechos adquiridos por los congresistas y funcionarios judiciales, cuyo sueldo se calcula basándose en el de los legisladores. Todos los magistrados de la Sala se declararon impedidos en el proceso, porque se verían afectados por la decisión.En contexto: Proceso en el Consejo de Estado pone a tambalear decreto que recortará sueldo a congresistasEn abril pasado, El Espectador dio a conocer la demanda que avanza en el alto tribunal desde el pasado 23 de enero, pero tuvo demoras desde el primer momento, pues los consejeros que tenían que revisar el caso se declararon impedidos. El 5 de marzo pasado los seis integrantes de la sección se declararon impedidos para adelantar el caso, pues “los magistrados de las altas cortes tienen derecho a una prima especial que, sumada a los demás ingresos laborales, iguala lo percibido por los miembros del Congreso”. Por eso, el proceso quedó en manos de seis conjueces, liderados por Héctor Santaella Quintero, quien fue designado como ponente del caso.La medida cautelar, concedida por el conjuez Santaella, señala que es necesario ponerle freno a la entrada en vigencia del decreto porque, aparentemente, no solo se verían afectados los congresistas, sino otros servidores públicos. “Disminuir los ingresos de los miembros del Congreso de la República dista de ser una operación desprovista de efectos colaterales; todo lo contrario, supone afectar un referente o variable de forzosa consideración para la determinación del salario de una importante masa de servidores públicos vinculados a distintas ramas y órganos del poder público".Asimismo, el alto tribunal dijo que la medida del Gobierno Nacional creaba una discriminación injustificada entre funcionarios que desempeñan el mismo cargo, dependiendo de factores como su fecha de vinculación, ya fuera antes o después del 20 de julio de 2026. “Los mismos empleos, con idéntica carga de trabajo y simétricas responsabilidades, comenzarán a percibir distintas remuneraciones en función del momento de su vinculación al cargo”, se lee en el documento, en el que además se resalta que "quienes ocupan el mismo cargo, desarrollan las mismas funciones y demuestran tener las mismas competencias o habilidades para cumplir con la tarea que se les ha encomendado, deben percibir la misma remuneración, toda vez que no existen, en principio, razones válidas para tratarlos de forma distinta".Notica en desarrollo...Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.Conoce másTemas recomendados: