Mascotas
Bienestar animal
Las sanciones pueden llegar hasta los 50.000 euros en funci�n de la gravedad de lo ocurridoUn perro se asoma a una ventana.TRESBActualizado Mi�rcoles,
julio
10:18En Espa�a hay m�s de 15 millones de animales de compa��a, de acuerdo a los datos del Ministerio de Derechos Sociales, de los que cerca de la mitad (7,5 millones) son perros, aunque los gatos tambi�n tienen una amplia presencia en los hogares (5,5 millones).Una realidad que ha obligado a las autoridades a aprobar una normativa espec�fica que garantice la protecci�n y seguridad de las mascotas. En este sentido, desde el a�o 2023, la Ley de Bienestar Animal fija las condiciones m�nimas que deben vivir estos animales de compa��a y establece sanciones en caso de infracciones, que pueden llegar hasta los 200.000 euros en sus casos m�s graves.En la legislaci�n, se pone el foco en que estas macotas no pueden quedarse solas durante demasiado tiempo �Cu�nto exactamente? Tres d�as por regla general y uno en el caso de los perros."Queda prohibido dejar sin supervisi�n a cualquier animal de compa��a durante m�s de tres d�as consecutivos; en el caso de la especie canina, este plazo no podr� ser superior a veinticuatro horas consecutivas", reza el art�culo 27 referente a Prohibiciones espec�ficas respecto de los animales de compa��a.En otro de los apartados del mismo art�culo se proh�be tambi�n expresamente mantener a nuestras mascotas de manera recurrente en balcones, s�tanos o patios. Tambi�n se hace referencia a los veh�culos, ya que compromete la seguridad y la salud de los animales de compa��a."Queda prohibido mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, s�tanos, patios y similares o veh�culos".Es una infracci�n gravePrecisamente, el art�culo 74 de la Ley de Bienestar Animal recoge que mantener a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, s�tanos, patios y similares o veh�culos est� considerado una infracci�n grave.La normativa se�ala que las infracciones graves son "toda conducta que por acci�n u omisi�n y derivada del incumplimiento de las obligaciones o de la realizaci�n de conductas prohibidas impliquen da�o o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas graves".En este sentido, las sanciones por infracciones graves oscilan de los 10.001 a los 50.000 euros.







