Madrid (EFE).- La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Antena 3 Corporación a indemnizar con 50.000 euros, por el daño moral causado, a la socorrista que en 2008 provocó una nube tóxica en una piscina y reconoció que la había «‘liao’ parda», en una sentencia en la que ordena retirar de todas sus plataformas las grabaciones que perjudican a la protagonista de aquel suceso.

La sentencia de la Sección octava de la Audiencia Provincial Civil de Madrid, que es recurrible ante el Tribunal Supremo, estima parcialmente la demanda de la afectada contra la decisión de un juzgado madrileño -dictada en julio de 2025- que ya reconoció el daño moral y ordenó pagarle una indemnización de 40.000 euros, al apreciar que en dos grabaciones se lesionaba su honor.

Tras esta sentencia la demandante, que tenía 18 años entonces y ahora tiene 34, solicitó 300.000 euros por el daño moral sufrido, que justificó con informes médicos, mientras la corporación televisiva recurrió para defender su inocencia.

Ahora la magistrada de la instancia superior estima parte la demanda de la afectada y confirma que nueve grabaciones emitidas por Antena 3 Corporación suponen una vulneración del derecho al honor y a la propia imagen.