Por norma general el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) paga el paro durante un máximo de dos años. Si una vez superado dicho plazo el trabajador aún no se ha reincorporado al mercado laboral puede solicitar un subsidio por desempleo, pero debe tener en cuenta que esta prestación es de carácter no contributivo, es decir, que depende de su renta y no de sus cotizaciones. Es precisamente por este motivo que cualquier ingreso anómalo puede hacer que el SEPE lo suspenda.Como su propio nombre indica, el subsidio de desempleo por agotamiento se concede a los beneficiarios que han agotado el paro que les correspondía por sus cotizaciones. Al pasar a percibir esta otra prestación el SEPE atenderá a los ingresos del solicitante, que debe carecer de rentas propias para que se lo concedan y para mantenerlo.
Para acreditar carencia de rentas no puede percibir ingresos por valor superior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente. Para 2026 el SMI es de 1.221 euros brutos al mes, por lo que no puede ingresar más de 915,75 euros mensuales. Si recibiese algún ingreso anómalo derivado, por ejemplo, de una herencia, el SEPE podría proceder a suspender la prestación, aunque dependiendo de si la herencia incluye bienes inmuebles o no, el criterio será uno u otro.







