Los trabajadores que se han quedado sin empleo aspiran a conseguir la prestación contributiva por desempleo, el paro, ya que se trata de la ayuda de mayor cuantía de toda las que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Pero para poder cobrarlo es necesario sumar un nivel determinado de cotizaciones que, a su vez, determinan el tiempo que se puede percibir. La normativa vincula el periodo del cobro del paro a un nivel de cotizaciones por desempleo: cuantas más cotizaciones se acrediten, mayor será el tiempo que se pueda cobrar la prestación contributiva por desempleo. Por ejemplo, ¿cuánto paro se puede cobrar con cuatro años cotizados?

Hay que acudir a la Ley General de la Seguridad Social, que en su artículo 269 (puede consultarlo en este enlace): "La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar".

La ley recoge una escala en la que, de forma progresiva, aumentan los tiempos de cobro del paro conforme se incrementa la cotización por desempleo durante ese periodo de seis años. Las equivalencias son las siguientes: