Varapalo para España en su trato a los interinos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha hecho pública este martes una sentencia en la que señala que “las medidas previstas en España para sancionar la utilización abusiva” de contratos temporales en el sector público “no resultan conformes con el Derecho de la UE”. El Gobierno responde que la sentencia no es sancionadora y no afecta a la normativa española.

El Tribunal de Justicia considera que estas medidas -la transformación de estos contratos en una relación laboral indefinida no fija; el pago de indemnizaciones al trabajador en el momento de la extinción de la relación laboral; el régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas y la convocatoria de procesos selectivos que tienen en cuenta la experiencia anterior del trabajador y el tiempo de servicio dedicado por este al desarrollo de sus tareas- “no parecen permitir sancionar debidamente esta utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la UE”.

Relación laboral indefinida no fija

Según el TJUE, la transformación de los sucesivos contratos de duración determinada en una relación laboral indefinida no fija “no constituye una medida adecuada para sancionar debidamente los abusos”, ya que “supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal”, de manera que no se acaba con “la situación de precariedad del trabajador afectado”. El TJUE recuerda que “la estabilidad en el empleo ha sido concebida como un componente primordial de la protección de los trabajadores”.