Los trabajadores autónomos forman uno del os grupos más vulnerables en situaciones de desempleo cerca de la edad de jubilación. Esto se debe a la dificultad para integrarse de nuevo en la vida laboral a una edad algo avanzada y por un factor adicional: que no pueden cobrar un subsidio por desempleo para mayores de 52 años. La normativa laboral impide a los trabajadores autónomos que han cesado su actividad por cuenta propia cobrar un subsidio por desempleo. Esto les supone un problema: han de renunciar a una ayuda que conlleva el pago de cotizaciones y que, además, puede mantenerse hasta la edad ordinaria de jubilación.
Todo se debe a uno de los requisitos propios del subsidio. En su artículo 266 (puede consultarse en este enlace), la Ley General de la Seguridad establece que uno de los requisitos para el nacimiento del derecho a las prestaciones es "encontrarse en situación legal de desempleo". Aquí es donde comienzan los problemas para el autónomo.
La razón es que el autónomo que deja su negocio no se encuentra en una situación legal de desempleo. Esto hace imposible que perciban el subsidio para mayores de 52 años, dado que incumplen uno de sus requisitos fundamentales. Incluso si reúne el resto de condiciones necesarias como la cotización de seis años por desempleo, no tendrá derecho a la ayuda.












