Los trabajadores autónomos son el segundo grupo más numeroso de toda la ciudadanía activa, solo por detrás del Régimen General en el que se encuadran muchos empleados, y por eso todas las particularidades que les rodean son tan importantes. Es el caso de la protección por desempleo de estas personas. La cobertura de los autónomos es diferente que la de los trabajadores del Régimen General y eso hace que, por ejemplo, no puedan cobrar una ayuda tan importante como es el subsidio para mayores de 52 años. Este subsidio por desempleo, clave por otorgarse a las personas cerca de la edad de jubilación, es significativo porque, a la par que garantiza unos ingresos mínimos, mantiene las cotizaciones del trabajador, ayudándole a no perder cuantía en la futura pensión.

Sin embargo, los autónomos no pueden cobrar el subsidio para mayores de 52 años. Los asesores del SEPE se ven obligados a denegar esas solicitudes porque estos trabajadores por cuenta propia incumplen uno de los requisitos que se exigen a todos los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo.

La causa es que los autónomos no proceden de una situación legal de desempleo al darse de baja de una actividad por cuenta propia. En su página web, el Servicio Público de Empleo Estatal no incluye esta circunstancia en todas las que son constitutivas de situación legal de desempleo.