Va a ser difícil que el contraste existente entre distintas decisiones tomadas estos días por órganos e instituciones relacionadas con la administración de justicia sea comprendido y asumido por amplios sectores de la opinión pública. El Consejo del Poder Judicial ha decidido iniciar los trámites para expedientar, en su caso, al juez Juan Carlos Peinado, por aludir en su último auto a la posibilidad de que los policías de la escolta de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, la ayuden a huir de España, ahora que el magistrado le ha impuesto la medida cautelar de retirada del pasaporte. La resolución sobre Peinado la ha adoptado la permanente del órgano de gobierno de los jueces, pero partida en dos: cuatro vocales conservadores contra tres de carácter progresista, estos últimos apoyados en esta ocasión por la presidenta de la institución, Isabel Perelló, en posesión del voto dirimente o de calidad.Peinado, en suma, sigue gozando de una suerte de amparo persistente en el Consejo, el de un sector conservador que no ve dignas de reproche las elucubraciones del magistrado sobre las eventuales tentaciones delictivas de policías dispuestos a traicionar sus obligaciones legales y su sentido del deber. Hay cinco denuncias acumuladas contra este juez, en espera de resolución, dos de ellas procedentes del ministro de Justicia, Félix Bolaños, una de Cristina Álvarez, la asesora de Begoña Gómez, y otras dos presentadas respectivamente por el PSOE madrileño y por Más Madrid, sobre cuestiones que nada tienen que ver con el proceso contra la esposa de Pedro Sánchez. Como el juez Peinado se jubila al cumplir los 72 años en septiembre próximo lo más probable es que ninguna de estas iniciativas llegue a suponerle sanción alguna, al ritmo que el Consejo ha aplicado hasta ahora los trámites de cada denuncia.En este último caso, será el promotor de la acción disciplinaria del Consejo quien proponga la apertura de un expediente o el archivo del caso. La iniciativa de los vocales progresistas y de la presidenta implica que de momento se analice si Peinado ha incurrido en un “exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración” con su alusión a los policías hipotéticamente dispuestos a ser cómplices de una imaginaria fuga de Begoña Gómez. Los vocales conservadores, en cambio, no ven de aplicación el precepto que describe esta conducta, el artículo 418.5 de la ley orgánica del Poder Judicial, de cuyo empleo no se recuerdan en el Consejo precedentes recientes. A su juicio, cuanto hubiera que corregir en la conducta del instructor, si tal fuera el caso, debería quedar en manos del órgano jurisdiccional superior que entendiera del correspondiente recurso. La defensa de la independencia judicial, en todo caso, debería ser siempre compatible con una preocupación similar por la garantía de imparcialidad. El hecho es, en cambio, que el órgano de gobierno de los jueces no se esfuerza en mostrar un interés parecido en ambas direcciones. Cuesta percibir que tal voluntad exista. En paralelo hemos conocido la sentencia del Supremo sobre el caso mascarillas, en el que cabe discutir si se ha aplicado bien el principio de proporcionalidad. Ábalos y Koldo, condenados respectivamente a 24 años y a 19 años y 6 meses, se llevan la peor parte. Para el empresario Víctor de Aldama, un total de 4 años y medio, y al no recibir por ninguno de sus delitos una pena mayor mayor los 2 años de cárcel, no pisará la prisión. El tribunal ha acogido por unanimidad el criterio del fiscal, que sobre el papel pidió 7 años para Aldama, pero luego en su informe apoyó la rebaja interesada por el PP. La pregunta es si se trata de un premio merecido que facilitará la lucha contra la corrupción.
Peinado y las diversas varas de la justicia
El juez sigue gozando de una suerte de amparo del de un sector conservador del CGPJ, que no ve dignas de reproche sus elucubraciones sobre posibles tentaciones delictivas de policías











