Leonor Mayor Ortega 22/06/2026 10:43 Actualizado a 22/06/2026 11:29 Un Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dividido ha optado por enviar al promotor de la acción disciplinaria, Ricardo Conde, el asunto del juez Juan Carlos Peinado para que sea él quien decida si abre un expediente sancionador al juez por las críticas que realizó en su auto del sábado sobre las fuerzas de seguridad del Estado que custodian a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Peinado pidió que Gómez entregue el pasaporte y aseguró que el hecho de esté vigilada por agentes de policía no evita el riesgo de fuga.Esto indignó a los cuerpos de seguridad del Estado y puso en marcha una reunión del órgano de dirección de los jueces, que se celebró ayer, domingo, por la mañana para estudiar una posible sanción al juez Peinado. No hubo acuerdo y la comisión permanente del CGPJ volvió a citarse esta mañana. Las cosas seguían en empate y, al final, se ha optado por una decisión salomónica: mandar el expediente al promotor para que decida si las expresiones de Peinado sobre la policía merecen o no una sanción. La decisión se ha tomado gracias al voto de calidad de la presidenta del CGPJ, Isabel Perelló, ya que los jueces estaban divididos, cuatro a cuatro, sobre si abrir o no expediente a Peinado, quien se jubilará el próximo mes de septiembre, por lo que las hipotéticas medidas que se acuerden en su contra no le afectarían pues en breve estará fuera de la carrera judicial.Pero en todo caso, ¿qué es lo que tendrá que decidir Conde? Primero tendrá que oír las explicaciones del juez Juan Carlos Pinado. Y luego deberá determinar si las expresiones de Peinado sobre la policía pueden “ser constitutivas de una falta grave de desconsideración prevista en el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”. El artículo 418.5 LOPJ establece como falta grave “el exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial”.Si se confirmara la existencia de esa falta grave, las consecuencias podrían ser muy variadas e ir desde una multa económica a la suspensión temporal de funciones o el traslado forzoso de su plaza. La multa puede oscilar entre los 501 y los 6.000 euros y es lo que más podría preocupar a Penado, pues tras su jubilación no podrá ser ni trasladado ni suspendido. El promotor también puede decidir archivar el caso si no aprecia infracción.Licenciada en Derecho (UB) y en Periodismo (URL). Graduada en Estudios Literarios (UB). Máster AGT (Esade). Redactora de Cultura de La Vanguardia