Cada a�o miles de contribuyentes espa�oles reciben una herencia y se enfrentan a una de las dudas m�s habituales tras el fallecimiento de un familiar: �Hay que incluir en la declaraci�n una vivienda heredada, cuentas bancarias o acciones?"La respuesta no es tan sencilla como parece. Aunque la recepci�n de una herencia no tributa directamente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas F�sicas (IRPF), s� existen numerosos supuestos en los que los bienes heredados pueden tener consecuencias fiscales futuras", se�ala la gestor�a de herencias Heritae en un comunicado.Recibir una herencia no se declara en el IRPF"Los bienes heredados tributan a trav�s del Impuesto de Sucesiones y no del IRPF. Por tanto, recibir una vivienda, una cuenta bancaria o unas acciones por herencia no supone declarar un ingreso en la renta del heredero", explican los abogados de Heritae", lo cual no significa, recuerdan que una herencia quede completamente al margen de Hacienda."Muchos contribuyentes creen que, tras pagar el Impuesto de Sucesiones, ya no tendr�n m�s obligaciones fiscales. Sin embargo, la gesti�n posterior de los bienes heredados puede tener un impacto importante en la renta de los a�os siguientes", apunta Heritae.Una vez aceptada la herencia, los bienes pasan a formar parte del patrimonio del heredero y pueden generar rendimientos sujetos al IRPF. Por ejemplo, si se hereda una vivienda y se alquila, hay que declarar las rentas obtenidas, e igualmente si se vende una vivienda heredada, la operaci�n puede generar una ganancia sujeta al IRPF. Asimismo, si se se venden acciones heredadas, que habr� que tributar por las ganancias patrimoniales obtenidas. Venta de una vivienda heredada"Uno de los supuestos que m�s dudas genera es la venta de un inmueble heredado. Para calcular la posible ganancia patrimonial, Hacienda toma como referencia el valor declarado en la herencia y el precio de venta posterior", con lo que una venta mal planificada puede implicar una factura fiscal importante, explican. "Una herencia no termina cuando se firma la aceptaci�n. La gesti�n fiscal posterior es fundamental para evitar errores, sanciones o pagos innecesarios a Hacienda", concluyen los abogados de Heritae.Declaraci�n del fallecidoAdem�s de gestionar la herencia, los familiares deben recordar que tambi�n puede ser necesario presentar la �ltima declaraci�n de la renta del fallecido, obligaci�n que corresponde a los herederos cuando el contribuyente fallece antes de finalizar el ejercicio fiscal."La muerte no extingue autom�ticamente las obligaciones tributarias pendientes. Los herederos deben revisar si existe obligaci�n de presentar la �ltima declaraci�n del causante", explican los abogados de Heritae, que recomiendan analizar la situaci�n fiscal de la herencia antes de aceptar, vender o alquilar los bienes heredados.Entre los aspectos que conviene revisar destacan:El impacto del Impuesto de Sucesiones.La tributaci�n futura de inmuebles y activos financieros.Las posibles ganancias patrimoniales derivadas de ventas posteriores.Las obligaciones fiscales pendientes del fallecido.