La Seguridad Social utiliza la base de cotización para calcular el importe de las futuras prestaciones del trabajador, ya sea de su pensión de jubilación, el paro o una posible incapacidad permanente. Se obtiene a partir del salario bruto del empleado, incluyéndose también el prorrateo de las pagas extra, las horas extraordinarias trabajadas y las vacaciones no disfrutadas.Ahora bien, hay que tener en cuenta que existen trabajadores con salarios sumamente altos. En estos casos la Seguridad Social establece una base de cotización máxima que, para 2026, se sitúa en 5.101,20 euros brutos mensuales, o lo que es lo mismo, 61.214,40 euros al año. A cualquier cifra que supere este importe se le aplicará una cotización adicional de solidaridad de entre el 1,15% y el 1,46%, porcentaje que aumentará progresivamente cada año hasta 2045.
Anteriormente la parte del sueldo que superaba la base máxima no cotizaba. Sin embargo, ahora la diferencia que supere la base máxima de cotización queda sujeta a esta cotización adicional según lo previsto en el Real Decreto-ley 3/2026, que dispone que a todo aquel salario que supere la base máxima de cotización establecida para cada año se le aplique la cuota de solidaridad sin soportar ningún tipo de tributación.














