En España, la mayoría de vehículos cuentan con una estricta regulación. Coches, camiones o motos son algunos de los que la DGT lleva décadas registrando cada detalle del vehículo y exigiendo mínimos para circular.A pesar de la antigüedad de las exigencias para motocicletas, apunta el portal Transferencia24 que siete de cada diez motoristas desconocen todavía qué papeles deben portar obligatoriamente en sus trayectos. Sin embargo, circular sin la documentación reglamentaria puede acarrear sanciones económicas que pueden ascender a miles de euros. Por ello, es fundamental conocer qué papeles hay que tener en regla antes de dar gas.¿Qué documentos hay que tener al circular en moto?La Dirección General de Tráfico establece que todo motorista debe llevar siempre consigo tres documentos básicos en vigor: El permiso de conducir.El permiso de circulación del vehículo.La tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV). El carnet de conducir debe ser el adecuado para la cilindrada de la moto que se maneja, ya sea el AM, A1, A2 o A. Por su parte, el permiso de circulación es el "DNI" de la moto, donde figuran datos como la matrícula, el número de chasis y la potencia del vehículo. Finalmente, la tarjeta de la ITV acredita que el vehículo cumple con las condiciones de seguridad necesarias para transitar.Además de estos tres pilares, existen otros documentos que, aunque es obligatorio tener en regla, no es necesario portar físicamente sobre la moto porque los agentes pueden consultarlos de forma telemática. Se trata del recibo del seguro obligatorio y el justificante del pago del impuesto de circulación (IVTM). No obstante, se recomienda llevarlos, especialmente en casos de accidente o si se viaja al extranjero, donde se podría requerir la "carta verde".¿En qué formatos se pueden llevar estos documentos?La normativa actual permite flexibilidad a la hora de portar la documentación. Existen hasta tres alternativas para demostrar la vigencia de los permisos:Formato físico original: Es la opción tradicional y la más segura para evitar problemas técnicos o falta de cobertura.Fotocopias compulsadas: Se pueden llevar copias en lugar de los originales, siempre que estén debidamente compulsadas y cotejadas por un organismo autorizado, como una jefatura de policía o un notario.Formato digital mediante la app miDGT: En esta aplicación de la DGT puedes llevar el carnet de conducir y los papeles del vehículo en el móvil con la misma validez legal que los documentos físicos dentro del territorio nacional. Los agentes pueden verificar la autenticidad de estos permisos digitales mediante la lectura de un código QR que genera la propia aplicación.Por otro lado, no es válido llevar una simple foto de los documentos en la galería del teléfono, ya que carece de valor legal ante una inspección de tráfico.La multa por no llevar cada documento en la motoEl descuido o la falta de alguno de estos documentos conlleva distintos niveles de penalizaciones económicas según el tipo de falta cometida:No llevar los documentos encima (estando en regla): Si simplemente te los has olvidado en casa, pero el vehículo y tú tenéis todo en orden, la multa que ponen es de 10 euros por cada documento ausente (permiso de conducir, circulación e ITV).Permiso de conducir: Conducir con el carnet caducado supone una multa de 200 euros. Si se circula sin haber obtenido nunca el permiso o teniéndolo retirado, la sanción asciende a 500 euros e incluso puede conllevar penas de prisión.Permiso de circulación: Si el vehículo carece directamente de este permiso, la multa puede alcanzar los 500 euros.ITV: Circular con la inspección caducada o desfavorable tiene una sanción de 200 euros, mientras que hacerlo con un resultado negativo (cuando los fallos son graves y prohíben circular) se castiga con 500 euros e incluso la inmovilización de la moto.Seguro: Aunque no es obligatorio llevar el papel, circular sin tener un seguro contratado es una de las infracciones más graves, con multas que oscilan entre los 601 y los 3.005 euros.
La DGT exige 3 documentos indispensables para circular en moto de forma legal y evitar la multa
Al igual que a los conductores de coches, la Dirección General de Tráfico obliga a los motoristas a portar tres papeles en regla que pueden solicitar agentes de la ley.














