En México, desde hace varios años, existen disposiciones en materia de cumplimiento fiscal que requieren el uso de herramientas tecnológicas para su procesamiento y de internet para la interacción con el fisco federal y el almacenamiento de información. Entre estas obligaciones destacan la emisión de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), el envío de la contabilidad electrónica, la presentación de declaraciones y avisos, así como las labores de fiscalización basadas en información almacenada en medios digitales.En 2026, se incorporó una novedad relevante en materia de cumplimiento aduanero, al implementarse la obligación de acompañar a los pedimentos de importación y exportación la manifestación de valor, integrada con documentación electrónica, misma que debe adjuntarse a través del uso de internet en la plataforma correspondiente.Estas nuevas disposiciones son complejas, ya que implican la integración y transmisión de múltiples documentos dentro del proceso de una operación de cruce, en conjunto con los pedimentos respectivos. Las consecuencias de este esquema son sustancialmente distintas a las del modelo anterior, en el que no existía la obligación de transmitir dicha documentación.La regla 1.4.14 de las Reglas Generales de Comercio Exterior establece la integración de un expediente electrónico que respalda la manifestación de valor, el cual debe conformarse, entre otros documentos, por contratos de compraventa, facturas comerciales, comprobantes de pago, contratos de transporte, documentos de seguros, contratos de arrendamiento y cualquier otro que acredite el valor declarado.De manera complementaria, la regla 3.1.42 exige que la información transmitida sea congruente y verificable, lo cual implica acreditar la existencia y materialidad de la operación.Esta exigencia se acentúa en las transferencias virtuales, cuyos expedientes electrónicos deben acreditar operaciones entre empresas, el origen y destino de las mercancías y los actos contractuales que las sustentan, lo que permitirá contrastar información fiscal, aduanera y contractual de forma ágil.En este contexto, resulta indispensable realizar revisiones exhaustivas de la documentación, como en el caso de los contratos de arrendamiento, pues los domicilios deben coincidir plenamente con los registrados ante la autoridad fiscal y las autoridades aduaneras, así como adoptar los cuidados apropiados para el intercambio de documentación confidencial con los agentes aduanales.Para que las compañías den debido cumplimiento a las nuevas reglas de comercio exterior en la gestión de pedimentos, deberán fortalecer sus procesos legales y operativos, contar con el talento adecuado, actualizar sus herramientas electrónicas y reforzar la seguridad de la información. Todo ello deberá lograrse en el corto plazo, a fin de minimizar los riesgos de incumplimiento por omisiones o errores que puedan derivar en contribuciones omitidas y sus accesorios.* Socio Líder de Impuestos Corporativos de las oficinas Tijuana y Mexicali de KPMG México** Como coautora en la elaboración de este artículo participó Karla Navarro, Gerente Senior de Comercio Internacional y Aduanas de las oficinas Tijuana y Mexicali de KPMG México*** Las ideas y opiniones expresadas en este escrito son de los autores y no necesariamente representan las ideas y opiniones de KPMG en MéxicoÚnete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.