Sería necesario que el juicio popular, potenciado por la moderna publicidad, sea atendido por los legisladores, más que por los jueces, obligados únicamente a cumplir las leyes
Ilustres juristas han dicho que el poder judicial es un poder sin poder, un contrapoder, contrapeso de las sociedades democráticas frente a eventuales excesos de los otros dos poderes del Estado, cuyos actos controla, sanciona y, en su caso, anula. Los eventuales excesos del poder judicial, sin embargo, solo pueden ser controlados, corregido o anulados por los propios jueces. Es una consecuencia necesaria de su independencia, aunque ha generado, históricamente, dudas sobre su eficacia por sospechas de corporativismo.
El juicio oral y público se instauró en 1812, en nuestra primera Constitución, como modo de control popular extraprocesal del poder judicial. Desde 1882 la ley procesal exige la publicidad del juicio oral, sin más limitaciones que el respeto a la intimidad de las víctimas, o razones de orden público, valoradas discrecionalmente por cada tribunal, en cada caso. La publicidad inmediata se reducía al público del limitado aforo de la sala de vistas. Eran espectadores pasivos y silenciosos, que no se les permitía, ni se les permite hoy, muestras de aprobación ni desaprobación. La publicidad también se extendía a las noticias divulgadas por los periodistas presentes en la sala, y por los consiguientes comentarios no solo técnico-jurídicos, sino también extrajurídicos, periodísticos y políticos.






