La nueva norma pone coto al precio que pueden cobrar los bancos y obliga a que todas las entidades que ofrecen préstamos estén supervisadas por el Banco de España
El Gobierno ha dado un paso decisivo para poner coto a los créditos al consumo más caros y evitar abusos a los clientes. El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley que transpone las directivas europeas de crédito al consumo y que introduce, por primera vez en España, límites a los intereses que se pueden cobrar a la hora de pedir un préstamo.
La futura norma regulará de forma integral el crédito al consumo, e incluye tanto a los préstamos tradicionales que ofrecen los bancos como los microcréditos, las tarjetas revolving y los préstamos rápidos ofrecidos a través de plataformas digitales. El negocio del crédito es un mercado que ha cambiado en los últimos años por la digitalización y la aparición de nuevos operadores. El objetivo del Gobierno es reforzar la protección de los consumidores, especialmente de los más vulnerables, y ofrecer seguridad jurídica a las empresas con reglas claras y homogéneas para todos.
La principal novedad del texto es el límite al coste de los préstamos. Para ello, se toma como referencia la TAE (tasa anual equivalente), ya que es el indicador que recoge el precio final que paga el cliente, incluyendo todos los gastos asociados al crédito. De esta forma, la TAE que ofrezcan las entidades no podrá superar un determinado nivel máximo, que se fijará tomando como referencia el tipo medio del crédito al consumo publicado por el Banco de España, al que se añadirá un margen en función del importe del préstamo.






