El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cambia de criterio tras una consulta a la Abogacía del Estado. Varias sentencias judiciales habían reconocido el derecho a estas prestaciones

Las empleadas de hogar tienen derecho a percibir prestaciones por desempleo desde el 1 de octubre 2022, una posibilidad que ya estaba al alcance del resto de asalariados pero que hasta entonces se les negaba a ellas. Sin embargo, solo se reconocía como cotizado el periodo a partir de esa fecha, una situación que los sindicatos venían denunciando como discriminatoria, condición reconocida por la justicia europea y por varios tribunales españoles. Para corregir esta situación, el Ministerio de Trabajo ha comunicado este miércoles que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha emitido una instrucción para que los periodos en alta anteriores al 1 de octubre de 2022 también cuenten como cotizados.

Según detalla el ministerio, la instrucción del SEPE abre la puerta a que computen “además de los periodos que consten como cotizados al desempleo a partir del 1 de octubre de 2022″ (lo que ya estaba en vigor), “los incluidos dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo en los que el solicitante haya permanecido de alta en el sistema especial de empleadas de hogar sin cotización al desempleo”. La referencia a los seis años se da porque ese es el periodo mínimo que se debe cotizar para recibir la prestación contributiva durante dos años, el máximo que permite la norma antes de pasar a la red asistencial.