Aunque están incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social, las empleadas del hogar forman parte de un sistema especial que les atribuye unas condiciones laborales diferentes recogidas en el Real Decreto 1620/2011, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.En los últimos años se ha intensificado su protección laboral ya que, por la naturaleza de su profesión, multitud de familias contrataban empleadas del hogar sin alta en la Seguridad Social, lo que les impedía acceder a prestaciones contributivas por no estar cotizando. De hecho, desde 2023 el empleador es el responsable de ingresar las cotizaciones a la Seguridad Social mediante domiciliación bancaria o cargo en cuenta.
Ahora bien, la situación de estas trabajadoras sigue siendo tan precaria que muchas acaban pluriempleándose y trabajando en varias casas a la vez. En este sentido el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) aclara que si la despidieran de una de ellas podría cobrar el paro incluso si continúa acudiendo al resto, siempre que cumpla un requisito fundamental: que la suma de las jornadas de los empleos que mantiene sea inferior a 40 horas semanales.
Cuánto cobraría de paro








