La Sala de lo Penal del Supremo ha abierto un proceso contra el ejercicio de la profesión, negándole todo el crédito a los testigos periodistas
El desprecio por el periodismo profesional que ha mostrado la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo es intolerable. El periodismo no es un oficio basura ni sus profesionales, los únicos ciudadanos españoles cuyo testimonio no vale en sede judicial y, sin embargo, esa ha sido la actitud adoptada por la Sala, hasta el extremo de que el presidente, Andrés Martínez Arrieta, llega a advertir a un periodista que “no le amenace” cuando este le muestra el dilema moral en que se encuentra. Afirma que su fuente no fue el fiscal general del Estado, pero el secreto profesional le impide revelar ante el tribunal al auténtico filtrador, porque así lo establece el artículo 20.1.d de la Constitución. ¡La reacción del juez es atajar cualquier posible testimonio o simple aclaración, acusando al periodista de querer hacerle algún mal, a él, al juez!
Es la actitud de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la que está causando un daño intencionado al periodismo, un daño grave y perverso. Los periodistas, como cualquier otro ciudadano, se encuentran sometidos a las leyes y están obligados a decir la verdad ante sede judicial. Y, si algún juez estima que ese periodista está mintiendo intencionadamente, tiene la obligación de abrirle el correspondiente procedimiento penal. ¿Qué sucederá en el caso hipotético de que el tribunal condene al Fiscal General por revelación de secretos? Ante el tribunal, todos los periodistas que declararon como testigos y afirmaron que podían asegurar que no fue García Ortiz el autor de la filtración habrían mentido. Pero el periodista no puede mentir ante un juez en su condición de testigo. De ninguna forma. Lo único a lo que está autorizado es a mantener el secreto de su fuente, un elemento esencial para la protección de informaciones delicadas.






