Parece que estamos todos encantados escuchando las conversaciones de Cerdán con Ábalos o leyendo el informe pericial sobre la presencia de semen en la mujer que denunció a Dani Alves. La retransmisión en directo de las instrucciones penales satisface nuestra curiosidad y nos informa de asuntos de interés público. ¿Qué problema hay entonces con ello en una sociedad democrática? Escribo este artículo para sostener que sí lo hay, y gordo; que de hecho tal cosa está prohibida en nuestro ordenamiento y debería estarlo más; y que la culpa de esta desobediencia no la tiene el mensajero (los periodistas) sino los infidentes que revelan el secreto (los funcionarios judiciales, los acusadores, los imputados).

Decía Soledad Gallego–Díaz en estas páginas (“Los jueces deben ser discretos y los periodistas, veraces”) que el verdadero mal endémico de la justicia lo constituyen las continuas filtraciones que se producen en los juzgados de lo penal en España. Con toda la razón. En los últimos tiempos asistimos a través de un cristal a nuestros true crime preferidos: a los no pocos procesos penales que suscitan un vivo interés en los ciudadanos. No hay declaración durante la investigación oficial de estas causas que no acabe llegando a la prensa, con su imagen y su todo, incluidos wasaps y hasta análisis biológicos. Además, estas noticias sobre indagaciones penales aún no depuradas y referidas a un inocente suelen venir acompañadas de fervientes pronósticos de culpabilidad amparados por el formulismo mágico que aporta el adjetivo “presunto”.