Los jueces no han acogido la versión del periodista de la SER que aseguró que no fue el fiscal general quien le facilitó la información

Los medios de comunicación han tenido un papel relevante en la causa contra el fiscal general del Estado porque lo que se ha investigado es la filtración a la prensa de datos supuestamente confidenciales del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso y procesado por fraude fiscal. Una docena de periodistas declararon como testigos en el juicio, con obligación de decir la verdad, y seis de ellos, de cuatro medios distintos (incluido EL PAÍS), aseguraron que sabían que González Amador había reconocido sus delitos para intentar un pacto de conformidad antes de que el fiscal general recibiera el correo que centró la investigación —algunos han aportado mensajes de WhatsApp que lo constatan—. Tres dijeron, además, que tuvieron acceso a ese mail y que no fue el fiscal general quien se lo hizo llegar. Pero todos se acogieron al secreto profesional, un derecho reconocido en la Constitución, para no revelar sus fuentes.

El Supremo asegura en la sentencia que la sala “no cuestiona la veracidad” de las afirmaciones de los periodistas que dijeron que conocieron el contenido del mail antes de que este llegara a manos del fiscal. Pero ese conocimiento, sostienen los jueces, no rompe “el deber de confidencialidad” del fiscal general sobre informaciones que pueden “comprometer el derecho a la presunción de inocencia”, como era la divulgada sobre González Amador. De hecho, el tribunal afirma que el testimonio de los periodistas ha sido “especialmente esclarecedor” porque ha puesto de manifiesto que el correo que ha centrado la investigación incluía datos confidenciales. “Todos parecieron ser conscientes de que el correo tenía un contenido que albergaba datos reservados, y adoptaron precauciones para su publicación, pese a poder ser una primicia y, seguro, una noticia de interés”, afirman los jueces.