El Tribunal Supremo condena al Gobierno regional cinco años después al considerar que la educación ‘online’ sí era posible para niños de 0-3 años, a diferencia de lo que defendió la Consejería de Educación durante la pandemia

El Tribunal Supremo ha condenado a la Comunidad de Madrid al pago de 451.399,52 euros por haber suspendido en los meses de marzo, abril y mayo de 2020 de manera unilateral el Convenio de Colaboración que tenía con el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid para la financiación de sus escuelas infantiles municipales de 0 a 3 años. El consistorio del municipio acudió ante el alto...

tribunal, que les dio la razón el pasado 17 de octubre, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid fallara en 2022 a favor del Gobierno Regional.

El asunto en cuestión es que la Consejería de Educación de la Comunidad presidida por Isabel Díaz-Ayuso decretó el 9 de marzo de 2020 el cese de toda actividad educativa presencial. Sin embargo, mientras que para todos los alumnos de más de tres años se promovió “el sistema de teletrabajo siempre que sea compatible con la continuidad de las actividades educativas”, la posibilidad de que los niños de las escuelas infantiles de 0 a 3 años hicieran lo propio nunca se contempló por parte del entonces Consejero de Educación, Enrique Ossorio, actual presidente de la Asamblea de Madrid. Ossorio llegó a calificar esa opción de la siguiente manera a través de la red social Twitter: “que el servicio de escuelas infantiles de 0 a 3 años se pueda prestar online es un insulto a la inteligencia”.