El salario de los trabajadores es secreto. Los representantes sindicales tienen derecho a conocer la masa salarial de una empresa, pero por grupos y sexo, nunca a través de datos individuales. Ni siquiera en un proceso de reestructuración salarial los sindicatos pueden acceder a las nóminas. Así lo ha aclarado la Audiencia Nacional, en una relevante y reciente sentencia, que puede consultar aquí, que marca un importante precedente para definir el límite entre el derecho de información sindical y la protección de datos.
En el fallo, la Justicia da la razón a la Mutua de Accidentes de Zaragoza (MAZ), entidad colaboradora de la Seguridad Social, en un conflicto colectivo con UGT y CCOO, que denunciaban la existencia de una estructura salarial “opaca” y exigían saber qué cobraba cada trabajador para esclarecer el asunto.
La Audiencia deja claro que, pese a existir una discusión sobre salarios, los sindicatos no tienen carta blanca para cuchichear en los sueldos de los trabajadores. Para la Sala, la excusa de que existe un proceso de reestructuración salarial es insuficiente. “La simple alegación de obtener la mayor información para la aprobación de una masa salarial adecuada” no justifica “la obtención personalizada de los salarios de cada trabajador”, subraya la magistrada Ana Sancho Aranzasti, ponente del texto.






