Es habitual que cuando vamos a un banco a solicitar una hipoteca el empleado que nos atienda saque un nutrido catálogo de seguros disponibles. En algunos casos, la concesión del préstamo va indisolublemente asociada a la contratación de una determinada póliza, normalmente de una entidad que pertenece al mismo grupo que el banco al que acudimos en busca de crédito. Eso es lo que ocurrió en España entre los años 2000 y 2018 con el seguro de vida de prima única. El Banco de España explica en su portal del cliente bancario sobre este producto que "a diferencia de los seguros de prima periódica, el coste total del seguro durante toda la vigencia del mismo es abonado al comienzo de la operación". "Las entidades tienen la obligación de ser totalmente transparentes respecto a las características del seguro, ofrecerte información precontractual completa y clara y siempre, en el caso de que la contratación de un seguro sea obligatoria, incluir su coste en el cálculo de la TAE (Tasa Anual Equivalente), con el fin de que puedas hacer una correcta comparación con las ofertas de otras entidades", recuerda. Otro problema añadido a la obligatoriedad de contratación es que en muchos casos se incluía el coste de ese seguro en el capital de la hipoteca, generando de esta forma más intereses y un sobreendeudamiento durante toda la vida del préstamo. Ahora, en la sentencia 913/2026, de 11 de junio, el Tribunal Supremo ha declarado abusivo que las entidades bancarias impongan seguros de vida de prima única vinculados a hipotecas, lo que abre la puerta a la reclamación de miles de hipotecados con la póliza en vigor, que pueden recuperar la parte de la prima no consumida más los intereses correspondientes. La sentencia ha resuelto el recurso de casación de un ciudadano que suscribió en 2017 una hipoteca con 40 años de vencimiento y un capital suscrito de 151.547,62 euros. Sin embargo, dentro de ese capital se incluía una prima única de 24.467,62 euros para satisfacer un seguro de vida que cubriera la devolución del crédito en caso de fallecimiento.El Alto Tribunal considera que la cláusula no era transparente, porque la escritura del préstamo hipotecario no contiene ninguna mención al contrato de seguro de vida. El producto asegurador, sin embargo, sí aparece mencionado en la oferta vinculante y en la documentación anexa.Además, el Supremo asegura que se debería de haber tenido en cuenta la prima dentro del coste total del crédito, ya que suponía más del 16% del capital del préstamo: "La cláusula no solo no es transparente, sino que también es abusiva, por el grave desequilibrio que supone para el consumidor, al no poder conocer por completo la TAE y, por ende, el coste real de la financiación que asume". "Tras una aparente orden de transferencia, se oculta un gasto financiero relevante que resulta de una condición financiera prevista en la oferta vinculante", sentencia. "Impuso al consumidor el aseguramiento"El alto tribunal ha recordado que la prestación del consentimiento a una cláusula predispuesta debe calificarse como impuesta cuando el consumidor no puede influir en su supresión o en su contenido, de tal forma que, o se adhiere y consiente contratar con dicha cláusula, o debe renunciar a contratar. Así, el banco "impuso al consumidor el aseguramiento con una entidad aseguradora de su grupo y con una elevada prima única".En la sentencia se abunda en la normativa europea, que establece que no deben permitirse las prácticas de venta vinculada, salvo contadas excepciones. Aunque está permitido que los prestamistas exijan un seguro para garantizar el reembolso, se debe permitir a los clientes elegir la aseguradora.En este caso, la entidad no facilitó la suscripción del seguro con otras entidades distintas y se impuso un seguro con pago de prima única, en lugar de un seguro con prima anual, "en exclusivo beneficio de la entidad prestamista y su grupo empresarial". El Supremo también recuerda que la Dirección General de Seguros había declarado como práctica inadecuada y, en ocasiones, abusiva, la exigencia de contratación de un seguro de vida a prima única por todo el período de vida del préstamo hipotecario.
La sentencia por la que miles de hipotecados pueden recuperar dinero del seguro de vida de prima única: "Se oculta un gasto financiero relevante"
El Tribunal Supremo ha declarado abusivo que las entidades bancarias impongan este tipo de pólizas como condición indispensable para la concesión de un préstamo.






