Bancos
Genera un efecto disuasorio
Reclamar por este motivo no puede suponer un perjuicio econ�mico para el afectadoUna persona saca dinero de un cajero.MUNDOTRESBActualizado Jueves,
mayo
09:56Seguramente alguna vez hayas o�do hablar de las cl�usulas hipotecarias abusivas o te hayas tenido que enfrentar a ellas. Tal y como se�ala la Asociaci�n de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE CV) son cl�usulas de un contrato que no hemos negociado individualmente, que se consideren contrarias a la buena fe, que causan perjuicio al consumidor y que causan un desequilibrio en los derechos y obligaciones de las partes. Sin embargo, los consumidores afectados no est�n solos y en los �ltimos a�os se han producido varias iniciativas que tienen como objetivo luchar contra estas condiciones injustas. De hecho, varias sentencias judiciales as� lo han reafirmado.Una de las �ltimas es la sentencia 30/2026, de 13 de abril. publicada en el BOE el 15 de mayo, en la que el Tribunal Constitucional ha confirmado que las entidades bancarias estar�n obligadas a asumir las costas judiciales cuando un cliente gane un procedimento relacionado con hipotecas abusivas.Para ello, ha analizado un caso en el que BBVA ejecut� una hipoteca apoy�ndose en una cl�usula de vencimiento anticipado que luego se termin� declarando como abusiva. Los tribunales archivaron la ejecuci�n hipotecaria y condenaron al cliente a pagar las costas.No se puede obligar al afectado a asumir las costasSin embargo, ahora el Constitucional ha corregido este criterio, se�alando que tanto el Tribunal de Justicia de la Uni�n Europea (TJUE) como el Tribunal Supremo ya hab�an establecido que si el consumidor gana el juicio por cl�usulas abusivas, no se le puede obligar a asumir las costas judiciales.En este sentido, la normativa europea recoge que reclamar frente a estas cl�usulas abusivas no puede suponer un perjuicio econ�mico para el afectado, ya que genera un efecto disuasorio que puede hacer que muchos clientes no ejerzan sus derechos contra los bancos.De esta manera, prevalece la protecci�n para el consumidor frente a las dudas jur�dicas. Por tanto, la doctrina del Constitucional es que cuando el afectado gane el litigio por cl�usulas abusivas bancarias, deber� ser la entidad la que corra con las costas del proceso.














