El Tribunal Supremo sostiene que hay “un peligro fundado, real y serio” de que el “notable” incremento del censo por la ley de nietos afecte a las próximas elecciones. Así consta en el auto por el que los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo acuerdan limitar de forma cautelar el derecho al voto de los descendientes de españoles represaliados del franquismo. Según los datos recogidos en esa resolución, desde las generales de 2023 hasta el 1 de julio de 2026 el número de electores que figura en el censo de quienes votan fuera de España se ha incrementado en 408.262 personas.
El fallo, que ha supuesto el último encontronazo entre el Ejecutivo y una parte de los jueces, pone el foco una instrucción que el Ministerio de Justicia aprobó hace cuatro años, el 25 octubre de 2022, días después de la entrada en vigor de la llamada ley de nietos. Esa instrucción estableció cómo debe acreditarse la condición de nieto de exiliado que exige esa norma para acceder a la nacionalidad. Y la clave es que presume que son exiliadas todas las personas que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
En su impugnación ante el Supremo, el partido extraparlamentario Iustitia Europa alegó que, con esa presunción, se amplió la posibilidad de acceder a la nacionalidad a cualquier descendiente de españoles, fuese cual fuese la causa de su salida de España. Y que eso iba en contra de la “voluntad” del legislador, que lo que buscaba con esta norma es el reconocimiento de los represaliados de la guerra y la dictadura. No de quienes, por ejemplo, migraron por motivos económicos.










