La Guardia Civil alertó el 8 de julio del "efecto llamada" que podía suponer para los migrantes la sentencia del Tribunal Supremo que impedía las devoluciones en caliente de los ciudadanos que trataran de entrar a nado en España por Ceuta y Melilla, así como de las "relevantes consecuencias operativas" que podía acarrearle dicho fallo al Cuerpo. Esta comunicación tuvo lugar tres semanas antes de la tragedia que acabó con 141 personas fallecidas en El Tarajal. Publicidad"A partir de esta sentencia, toda persona interceptada en aguas de soberanía o jurisdicción española, así como aquellas que logren acceder al territorio nacional por vía marítima, no podrá ser objeto de rechazo en frontera, siendo necesaria la tramitación individualizada del correspondiente expediente de devolución, con todas las garantías legales asociadas", recalcó en su informe la Benemérita. Los agentes consideraron en el mismo documento que el fallo de los magistrados del Alto Tribunal podía incrementar "previsiblemente" la "presión migratoria" sobre Ceuta y Melilla, toda vez que establecía una "diferencia de tratamiento entre quienes intentan acceder a través de las vallas fronterizas" y aquellas personas que lo hacen por vía marítima. "Ello puede generar un efecto llamada hacia las entradas a nado, modalidad que ya presenta una elevada dificultad para su detección e interceptación temprana", insiste la Guardia Civil.La Benemérita lanzó además una batería de propuestas ante el "riesgo de incremento" de las entradas irregulares por vía marítima, como "reforzar el Servicio Marítimo Provincial de Ceuta" y los efectivos del Grupo Especial de Actividades Subacuáticas en Melilla, mediante "comisiones de servicio, con el fin de mejorar las capacidades de detección y respuesta". Los agentes pidieron también "potenciar los sistemas tecnológicos de detección temprana y vigilancia costera" en ambas ciudades autónomas, complementando la actuación de los medios marítimos y terrestres para "anticipar los intentos" de cruzar a nado por el puerto de El Tarajal. En la nota también se propone "impulsar una modificación legislativa" de la disposición adicional décima de Ley de Extranjería, incorporando expresamente "la posibilidad de aplicar el régimen de rechazo en frontera a cualquier intento de entrada irregular en Ceuta y Melilla" realizado fuera de los pasos fronterizos habilitados, todo ello con independencia de si se realiza por vía terrestre o marítima y "garantizando en todo caso el respeto a la normativa internacional de derechos humanos".PublicidadLa sentencia del Tribunal SupremoEl Tribunal Supremo emitió el 29 de junio, nueve días antes del informe de la Guardia Civil, una sentencia en la que resolvía el recurso de casación interpuesto por la Administración General del Estado sobre un fallo previo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ceuta que venía de validar el TSJ de Andalucía, competente para los litigios que proceden de la ciudad autónoma. El caso se remonta a noviembre de 2024, fecha en la que un ciudadano argelino y otras personas fueron interceptadas por la Guardia Civil mientras trataban de llegar nadando a Ceuta. El hombre fue entregado de forma inmediata a las autoridades marroquíes, sin la apertura de ningún procedimiento administrativo, sin asistencia letrada, sin intérprete y sin que pudiera solicitar protección internacional.La sentencia aclara la interpretación que debe hacerse de la Ley de Extranjería, toda vez que en su disposición adicional décima permite el rechazo en frontera de quienes intenten superar los "elementos de contención fronterizos", sin definir exactamente qué debe entenderse por ese concepto. El Alto Tribunal estableció con esta resolución que solo se podían considerar "elementos de contención" las barreras físicas destinadas a impedir el paso de las personas migrantes, como ocurre con las vallas de Ceuta y Melilla. Los magistrados consideraron por tanto que en el caso del ciudadano argelino, la devolución había sido ilegal. El Tribunal Supremo, sin embargo, dejó margen para recuperar las devoluciones en caliente siempre que se establecieran "elementos de contención en el mar para proteger la línea fronteriza", como hizo el Gobierno con la instalación de boyas en la costa de Ceuta.