El Tribunal Supremo ha dejado en suspenso las altas incorporadas al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) como consecuencia de la denominada ley de nietos, hasta que las oficinas consulares acrediten que los nacionalizados cumplen con la condición de descendientes de españoles y que hubieran sufrido exilio. La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima así las medidas solicitadas por Vox y la organización Iustitia Europa.PublicidadLos magistrados establecen que para las personas que hayan obtenido la nacionalidad española por la disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática conocida como 'ley de nietos' y que "aún no hayan sido inscritas en el CERA en el extranjero, se continuará la tramitación del correspondiente expediente de inscripción hasta su finalización".Pero precisan que, "una vez finalizado dicho expediente, se suspenderá la inscripción en el citado censo hasta el dictado de la sentencia en este procedimiento".En cuanto a las personas que hayan sido ya inscritas en el CERA, determinan que "se suspenderán los efectos electorales de la inscripción en dicho censo para los sucesivos procesos electorales que puedan convocarse, hasta el dictado de la sentencia en este procedimiento".No obstante, subrayan que "no regirá" la suspensión de la inscripción prevista en los apartados anteriores para las personas con respecto a las cuales los encargados de los registros consulares "expidan certificación acreditativa de su condición de nacidos fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que hubieran sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad".El Supremo ordena por ello a la Junta Electoral Central (JEC) que requiera de inmediato sobre ese extremo a los encargados de los registros consulares.Vista públicaLa decisión llega después de una vista pública celebrada este lunes en el Supremo para analizar los presuntos efectos electorales que provocaría esa disposición adicional, donde Vox e Iustitita Europa reclamaron la suspensión cautelar, mientras se analice detenidamente el fondo del asunto, ante el "riesgo" de daños irreversibles.PublicidadMientras tanto, la Abogacía del Estado se opuso a la suspensión cautelar alegando que sería una privación del derecho fundamental al sufragio, reconocido en la Constitución, a ciudadanos que ya tienen reconocida su nacionalidad."¿Cómo podría privarse de derechos judiciales a personas que han adquirido una nacionalidad por actos administrativos firmes?", exclamó en representación del Gobierno.La ministra portavoz, Elma Saiz, ha dejado claro este martes que el Gobierno no comparte la decisión adoptada este martes por el Tribunal Supremo. "No compartimos esta decisión contraria al criterio del Gobierno y también al de la Junta Electoral Central", ha respondido a una pregunta formulada en la rueda prensa posterior al Consejo de Ministros justo después de conocerse la medida.
El Supremo deja en suspenso las altas en el Censo Electoral por la ley de nietos
El Gobierno no comparte la decisión adoptada este martes por el Tribunal Supremo










