Cuando aparece una avería en una vivienda de alquiler, una de las principales dudas es quién debe pagar la reparación. El abogado Alberto Sánchez recuerda que el propietario no puede desentenderse de todos los arreglos: “Si el propietario de tu vivienda en alquiler te dice que él no repara nada, atento porque la ley no está de su parte”.

Según explica el experto, el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) obliga al arrendador a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad. Además, señala que el propietario no puede subir la renta por ejecutar estos trabajos.

Entre los ejemplos que cita Sánchez aparecen la sustitución completa de una caldera por antigüedad, las humedades, goteras, fallos en el sistema eléctrico, problemas en la calefacción o roturas de tuberías. Eso sí, esta obligación no se aplica cuando el deterioro ha sido causado por un mal uso o por un daño imputable al propio inquilino.

El abogado también advierte de que una cláusula contractual no puede trasladar automáticamente todas las reparaciones al arrendatario. “Esto además se aplica independientemente de lo que diga el contrato, la ley está por encima”, sostiene. El artículo 6 de la LAU considera nulas las cláusulas que perjudiquen al inquilino frente a las normas previstas para los arrendamientos de vivienda.