Unos padres prestan 30.000 euros a un hijo para ayudarle a comprar una vivienda, poner en marcha un negocio o afrontar un gasto importante. La intención es que el dinero vuelva, pero al tratarse de una operación entre familiares es fácil caer en la tentación de hacerlo de palabra, sin contrato, sin fijar plazos y sin dejar demasiado rastro documental.El problema aparece si Hacienda pregunta después qué era realmente aquella entrega. ¿Cómo demostrar que se trataba de un préstamo y no de una donación? ¿Qué documentos conviene preparar desde el primer momento? Para resolver estas dudas, en La Vanguardia hablamos con Ariadna Benages, abogada de Benages Advocats, que insiste en que conservar la documentación del préstamo y acreditar sus devoluciones resulta esencial para poder defender la naturaleza real de la operación.Un contrato ayuda a demostrar que el dinero debía devolverseEl primer documento clave es el propio contrato de préstamo. Benages recomienda dejar por escrito quién entrega el dinero, quién lo recibe, qué cantidad se presta y en qué condiciones debe devolverse. Ese documento permite acreditar que, desde el principio, existía una obligación real de reintegro y que no se trataba de una entrega gratuita.También conviene fijar un calendario de devolución razonable. No hace falta que las cuotas sean idénticas cada mes, pero sí que exista alguna previsión sobre cuándo y cómo se devolverá el dinero. Si pasan años sin ningún vencimiento claro ni movimientos de vuelta, será más difícil sostener ante Hacienda que la operación funcionaba realmente como un préstamo.Cuanto más coherente sea el comportamiento posterior con lo pactado, mejor. El contrato no debería quedarse en un papel aislado: las devoluciones, los plazos y los movimientos bancarios deben acompañar lo que se acordó inicialmente.Las transferencias bancarias dejan un rastro que puede ser decisivoLa entrega inicial del dinero debería poder identificarse con claridad. Si los 30.000 euros salen de la cuenta de los padres y llegan a la del hijo mediante transferencia, queda constancia tanto del origen de los fondos como de quién los recibió. Benages señala que esa trazabilidad facilita mucho la defensa de la operación si la Administración la revisa.Lo mismo ocurre con las devoluciones. Es preferible que cada pago vuelva al prestamista mediante transferencia o ingreso bancario y que el concepto permita identificar que se trata de la devolución del préstamo. Los pagos en efectivo, en cambio, son mucho más difíciles de acreditar posteriormente si no existe ninguna otra prueba.Por eso conviene conservar extractos, justificantes y comprobantes durante toda la vida del préstamo. No basta con demostrar que los padres entregaron el dinero: también interesa poder acreditar que el hijo fue devolviéndolo en los términos pactados.Los documentos que conviene guardar durante todo el préstamoSi Hacienda pide explicaciones años después, tener la documentación ordenada puede marcar la diferencia. Entre los elementos que conviene conservar están el contrato firmado, el justificante de la transferencia inicial, el calendario de devolución, los extractos bancarios y los comprobantes de cada cantidad reintegrada.También es útil guardar cualquier modificación posterior de las condiciones. Si la familia acuerda ampliar un plazo, cambiar las cuotas o aplazar temporalmente una devolución, dejar constancia de esos cambios ayuda a mantener la coherencia documental del préstamo y evita que parezca que simplemente se ha dejado de reclamar el dinero.La idea, resume Benages, es poder reconstruir la operación de principio a fin. Cuanto más claro quede que el dinero salió como préstamo, que existía una obligación de devolverlo y que las partes actuaron conforme a ella, menos margen habrá para que Hacienda interprete que detrás de esos 30.000 euros había en realidad una donación.El resumen: ¿qué conviene hacer antes de prestar dinero a un familiar?Para reducir el riesgo de que Hacienda cuestione después la operación, conviene dejar bien atados desde el principio algunos elementos básicos:Firmar un contrato de préstamo entre las partes.Indicar la cantidad entregada y la fecha de la operación.Fijar unos plazos de devolución realistas.Entregar el dinero por transferencia bancaria para que quede constancia del origen.Devolver las cantidades también por banco, evitando en lo posible los pagos en efectivo.Identificar los movimientos con conceptos claros relacionados con el préstamo.Guardar todos los justificantes y cualquier modificación posterior de las condiciones.La lógica es sencilla: si algún día Hacienda pregunta por esos 30.000 euros, debería ser posible reconstruir fácilmente qué se pactó, cómo se entregaron y cómo se fueron devolviendo. Cuantas más pruebas objetivas existan, más sencillo será acreditar que no se trató de una donación.