NoticiaAsí lo dio a conocer la defensora del Pueblo, Iris Marín, en un oficio enviado a la directora del instituto, María Carolina Restrepo.Garavito resalta la importancia de contar con una intervención técnica y sistémica. Foto: iStockEDITOR VIDA26.08.2026 12:36 Actualizado: 26.08.2026 12:36

Luego de la polémica generada por la decisión de la directora del ICBF, María Carolina Restrepo, de excluir la palabra ‘niña’ del lenguaje institucional, la Defensoría del Pueblo envió un oficio al instituto para pedir claridad sobre la medida. En el oficio, firmado por la defensora Iría Marín, se detalla que esta discusión trasciende más allá de lo gramatical o de estilo. LEA TAMBIÉN "La Corte Constitucional ha reconocido de manera reiterada que el lenguaje cumple funciones tanto instrumentales como simbólicas, que refleja y a la vez contribuye a construir realidades sociales y que, por ello, puede constituirse en un factor de inclusión o exclusión. En particular, desde la Sentencia C-804 de 2006, la Corte cuestionó el uso del masculino como referente universal cuando este tiene como consecuencia la invisibilización de las mujeres; línea posteriormente reiterada, entre otras, en las sentencias C-001 de 2018, C-552 de 2019, C-154 de 2022 y T-250 de 2024. Por esto, para la Defensoría del Pueblo, esta discusión trasciende una cuestión exclusivamente gramatical o de estilo", se lee en el oficio.Y continúa: "Desde esta perspectiva, la búsqueda legítima de claridad, sencillez o eficiencia en las comunicaciones institucionales no puede considerarse aisladamente de las obligaciones constitucionales de igualdad, no discriminación y reconocimiento de sujetos históricamente invisibilizados. La economía del lenguaje no debería traducirse en una pérdida de reconocimiento cuando la diferenciación resulta relevante para garantizar derechos.A juicio de la defensora, "esta consideración adquiere especial importancia tratándose de las niñas. El artículo 12 de la Ley 1098 de 2006 dispone expresamente que la perspectiva de género debe tenerse en cuenta en todos los ámbitos en los que se desenvuelven los niños, las niñas y los adolescentes, con el propósito de alcanzar la equidad. Esta obligación supone reconocer que las experiencias, riesgos y afectaciones durante la niñez y la adolescencia no son necesariamente iguales y que determinadas formas de violencia y discriminación afectan de manera específica o desproporcionada a las niñas". Directora del ICBF responde a las críticasLa directora general del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), María Carolina Restrepo Cañavera, se ha pronunciado en su cuenta de X sobre la polémica por el uso del término "niñez" en el lenguaje institucional de la entidad. LEA TAMBIÉN En esta ocasión, la funcionaria se dirigió directamente a quienes sostienen que existe una obligación legal de usar siempre la fórmula "niños, niñas y adolescentes". Según ella, ni la Constitución, ni el Código de la Infancia y la Adolescencia, ni la Ley 1146 de 2007, ni la Convención sobre los Derechos del Niño establecen esa exigencia.A partir de ese listado, la directora planteó una pregunta directa a sus críticos: en qué norma y en qué artículo específico se encuentra consagrada esa obligación.Restrepo concluyó que ninguna de las cuatro normas que citó obliga a utilizar siempre esa fórmula, ni tampoco prohíbe el uso de la palabra "niñez". Sobre el señalamiento de que hablar de "niñez" invisibiliza a las niñas, afirmó que "hablar de 'niñez' no es 'borrar a las niñas'", y calificó esa lectura como una conclusión de sus críticos, no un hecho normativo. Sigue toda la información de Vida en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.