Noticia Exclusivo suscriptores La ponencia pide devolverla al Congreso para subsanar vicios ocurridos en el trámite. Sala plena Corte Constitucional. Foto: Sala plena Corte Constitucional.PERIODISTA JUDICIAL24.08.2026 18:43 Actualizado: 24.08.2026 18:50

Como único punto en el orden del día de este martes 25 de agosto está previsto que la Sala Plena de la Corte Constitucional discuta la demanda contra la reforma pensional.La norma, autoría del gobierno de Gustavo Petro, unifica el ahorro de 25 millones de colombianos, quienes, si queda en firme la reforma, cotizarían hasta 2,3 salarios mínimos en Colpensiones y el restante en los fondos privados de su elección. Actualmente, la entrada en vigencia de la Ley está casi en su totalidad suspendida. Solo se mantiene ‘viva’ la llamada ventana de oportunidad, que permite a las personas a quienes les falten menos de diez años para alcanzar la edad de pensión y que tengan 750 semanas cotizadas, en el caso de las mujeres, o 900 semanas, en el caso de los hombres, trasladarse de régimen sin necesidad de presentar una demanda, como ocurría hasta ese momento. Esta ventana cerró el pasado 16 de julio, con más de 150.000 traslados.Presidente Petro en la sanción de la reforma pensional en julio del 2024. Foto:PresidenciaEl debate se reanuda luego de seis meses empantanado en el alto tribunal, que en junio del año pasado ordenó devolver la norma al Congreso para subsanar el vicio de trámite de la “debida deliberación”, que encontró en el ‘pupitrazo’ del cuarto y último debate.Las sesiones extraordinarias para corregirlo se convocaron para los días 27 y 28 de junio y, como para ese momento no se había proferido el auto 841, en el que la Corte entregaba las indicaciones sobre la forma correcta de cumplir con la “debida deliberación”, la Cámara de Representantes habría incurrido nuevamente en una falta de procedimiento al discutir y votar la proposición que pedía acoger la totalidad del texto aprobado por el Senado.Desde ese momento, la norma rotó de despacho en la Corte y dos magistrados fueron apartados del debate. En contra del magistrado Héctor Carvajal prosperó una recusación por haber suscrito contratos con Colpensiones y asesorar jurídicamente a la entidad sobre la aplicación de la norma demandada.Asimismo, la Sala votó el impedimento presentado por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, anticipándose a la recusación que presentó en su contra el entonces secretario jurídico de Presidencia, Augusto Ocampo, por haberse referido a la legalidad de la norma acusada en una entrevista con este diario.Y, como antes de que la Sala aprobara el impedimento de Ibáñez el debate de la reforma había quedado en empate, se tuvo que acudir a un conjuez, que será clave en la reanudación de la discusión este martes.De hecho, una de las posibilidades es que, como volvieron a quedar ocho votos —contando el del conjuez Pablo Márquez—, vuelva a quedar 4-4. En ese caso, tendrían que llamar a un segundo conjuez.Como lo reveló EL TIEMPO en primicia, la ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses, a quien por orden alfabético rotó el expediente tras el impedimento de Ibáñez, pide regresar por segunda vez la norma al Congreso para repetir el último debate con base en los parámetros fijados por el alto tribunal.“La sola aprobación de una proposición que sustituye el articulado en discusión por otro ya aprobado en otra etapa o instancia del trámite, sin mediar la posibilidad de un debate sobre su contenido ni la consideración de las proposiciones presentadas por los congresistas, constituye una omisión incompatible con el principio democrático”, dijo la Corte en el auto.Y explicó que “la aprobación de una proposición que acoja el texto previamente aprobado por otra célula legislativa no puede entenderse como un mecanismo de suplantación del debate, ni como una forma de trasplante automático del juicio deliberativo realizado en otra instancia”.Corte Constitucional Foto:Cortesía Corte ConstitucionalTanto en el trámite ordinario de la norma como durante la subsanación, la plenaria de la Cámara no debatió el articulado uno a uno, sino que acogió una proposición para aprobar el texto avalado por el Senado, lo que, según el alto tribunal, va en contravía del requisito de la “debida deliberación” previsto en la Ley Quinta.Esa sería una de las razones por las que la magistrada Meneses presentó a la Sala un proyecto de auto que propone realizar por tercera vez el último debate de la reforma en la Cámara, para que se apruebe de forma correcta.Sin embargo, según altas fuentes, la Sala también podría optar por declarar exequible la norma, es decir, salvarla sin que pase nuevamente por el Legislativo, que actualmente tiene nuevas fuerzas políticas, con una mayoría oficialista que quedó demostrada con la aprobación del traslado del Congreso a Cali para la posesión presidencial de Abelardo De La Espriella.Así pinta el debateDe acuerdo con fuentes del alto tribunal, de los siete magistrados habilitados para votar, al menos cuatro estarían a favor de avalar la ley con la decisión que tomó el Congreso en las sesiones extraordinarias del 27 y 28 de junio, mientras que otros tres respaldarían la ponencia de Meneses. El papel clave lo jugaría el conjuez Carlos Pablo Márquez, quien podría inclinar la balanza o provocar un empate.Durante el transcurso de la discusión, la magistrada Meneses podría acordar con la Sala un nuevo sentido para la ponencia y, en caso de que la norma sea declarada exequible, esta podría venir condicionada o contar con un plazo para su entrada en vigencia, con el fin de preparar al sistema pensional para el cambio. Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.