Desde el 1 de septiembre de 2026 entra en vigor una orden por la que la Seguridad Social deja de mandar cartas para notificar las incapacidades temporales y permanentes, bajas por nacimiento de hijos o embarazo de riesgo o citas m�dicas, y solo lo har� por v�a electr�nica. Hay un plazo m�ximo de 10 d�as para acceder a la notificaci�n y si no se abre, se considerar� legalmente notificada y se pueden perder derechos a efectos de reclamaci�n y prestaciones econ�micas.A partir del 1 de septiembre de 2026 la Seguridad Social dejar� de enviar cartas en papel para notificar las resoluciones y citaciones sobre incapacidades temporales y permanentes y todas las notificaciones se enviar�n exclusivamente a trav�s de la Sede Electr�nica, seg�n establece la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo. La entrada en vigor de la orden afecta a todas las personas en situaci�n de Incapacidad Temporal (baja m�dica), solicitantes o perceptores de Incapacidad Permanente y lesiones permanentes y se pueden perder plazos para presentar alegaciones, aportar documentaci�n o recurrir en otros procesos como nacimiento o cuidado de hijos o la baja por riesgo durante el embarazo. As�, las resoluciones, citaciones para revisiones m�dicas y requerimientos de documentaci�n dejar�n de remitirse por correo postal y estar�n disponibles solo en la Sede Electr�nica de la Seguridad Social. Desde la entrada en vigor de la nueva orden, una vez lleguen los expedientes a la Sede Electr�nica de la Seguridad Social, los ciudadanos recibir�n un aviso previo por correo electr�nico o SMS avisando de una nueva notificaci�n, para lo que se necesita identificaci�n digital como Cl@ve, Certificado Digital o DNI electr�nico para abrirlas.Plazo m�ximo de 10 d�asEs importante recalcar que desde ese d�a inclusive hay un plazo m�ximo de 10 d�as naturales para entrar y leer la notificaci�n: si pasan los 10 d�as sin abrirla, el sistema la dar� por rechazada y se perder� el plazo a efectos de reclamaciones, alegaciones o recursos e incluso se puede perder la prestaci�n.Sindicatos como UGT y CSIF, que han publicado fichas explicativas al respecto, recuerdan que el nuevo tr�mite afecta a los siguientes colectivos:Incapacidad temporal: Trabajadores que se encuentren de baja m�dica.Incapacidad permanente: Personas con expedientes o revisiones de este tipo.Otros casos:Lesiones permanentes no incapacitantes, nacimiento y cuidado de menor o riesgo durante el embarazo.CSIF recuerda que "las personas afectadas dispondr�n de 10 d�as naturales para acceder a las notificaciones. Transcurrido ese plazo sin acceder a su contenido, se entender�n legalmente notificadas, lo que puede conllevar la p�rdida de plazos para presentar alegaciones o recursos y, en determinados supuestos, afectar al mantenimiento de las prestaciones por incapacidad temporal". "Insistimos en la importancia de conocer esta modificaci�n normativa para evitar la p�rdida de derechos o prestaciones por el desconocimiento de una notificaci�n electr�nica", agrega este sindicato."Si no acudes a una revisi�n m�dica obligatoria por no haber visto la notificaci�n, podr�an darte el alta m�dica y perder la prestaci�n", advierte por su parte UGT Servicios P�blicos. "Aunque no los recibas, la notificaci�n seguir� siendo v�lida desde que est� disponible en la Sede Electr�nica", a�ade: "ya no ser� posible justificar el desconocimiento alegando que no lleg� una carta al domicilio". Desde ahora, "revisar peri�dicamente la Sede Electr�nica de la Seguridad Social pasa a ser una responsabilidad personal para proteger tus derechos y evitar la p�rdida de prestaciones o de plazos legales", finaliza.Los sindicatos recomiendan: Actualizar el tel�fono m�vil y el correo electr�nico en La Tesorer�a General de la Seguridad Social (Importass). Entrar en Importass y comprobar que el tel�fono m�vil y correo electr�nico est�n correctamente registrados.Disponer de un sistema de identificaci�n digital activo (Cl@ve, Certificado Digital o DNI electr�nico) y tener operativo alguno de estos sistemas de identificaci�n.Revisar peri�dicamente la Sede Electr�nica de la Seguridad Social, ya que los avisos por SMS o correo electr�nico tienen �nicamente car�cter informativo.
A partir del 1 de septiembre la notificaci�n de bajas m�dicas o incapacidad permanente ser� solo por internet: la Seguridad Social da diez d�as de plazo para no perder la prestaci�n
A partir del 1 de septiembre de 2026 la Seguridad Social dejar� de enviar cartas en papel para notificar las resoluciones y citaciones sobre incapacidades temporales y permanentes...








