NoticiaEl alto tribunal concluyó que el Tribunal Superior construyó una sentencia absolutoria, por duda razonable, sin tener en cuenta el recaudo probatorio.Guillermo Unigarro Foto: ArchivoPERIODISTA JUDICIAL10.08.2026 18:46 Actualizado: 10.08.2026 18:46
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó la absolución en segunda instancia y condenó al exsargento de la Policía Guillermo Alberto Unigarro Miño por el homicidio del teniente de la SIJIN Mario Gamboa Murcia, ocurrido durante un operativo policial en Bogotá en 2011. El caso se remonta al 1 de septiembre de ese año, cuando un grupo de uniformados adelantaba un operativo para evitar el hurto de una alta suma de dinero en una vivienda del barrio Ciudad Montes. Gamboa, quien dirigía el procedimiento, se movilizaba en un taxi camuflado como conductor, mientras Unigarro iba en el asiento trasero. En medio del intercambio de disparos con los presuntos asaltantes, el teniente recibió un impacto de bala que le causó la muerte.En 2020, un juzgado especializado condenó a Unigarro a 226 meses de prisión por homicidio. Sin embargo, un año después el Tribunal Superior de Bogotá lo absolvió al concluir que persistía una duda razonable sobre el origen del disparo y planteó como hipótesis que el proyectil pudo haber sido accionado por uno de los delincuentes que participaban en el robo.Esa decisión fue demandada en casación por el representante de las víctimas, quien sostuvo que el Tribunal hizo una valoración equivocada de las pruebas periciales y de la evidencia balística, desconociendo los elementos que apuntaban a que el disparo salió desde el interior del vehículo, lo que apuntaría a Unigarro, quien iba en el asiento de atrás.Al estudiar el caso, la Corte recordó que una absolución solo procede cuando existe una duda razonable sustentada en las pruebas practicadas en juicio y no en hipótesis especulativas. En ese sentido, advirtió que la incertidumbre debe surgir de una valoración racional del acervo probatorio y no de escenarios que carezcan de respaldo en la evidencia.Para los magistrados, el Tribunal construyó una hipótesis alternativa sin suficiente soporte probatorio al atribuir el disparo a uno de los asaltantes. La Sala concluyó que esa versión no logró desvirtuar las pruebas que demostraban la responsabilidad del entonces sargento y, por el contrario, terminó edificándose sobre inferencias que no superaban el estándar exigido para mantener la absolución.'La investigación planteó una sucesión de hechos para radicar la responsabilidad en dicho asaltante, sin respaldo en el acopio probatorio y con el propósito de desviar la atención del verdadero tirador', señaló la Corte en la sentencia.Con ese análisis, la Sala concluyó que la Fiscalía sí acreditó, más allá de toda duda razonable, tanto la materialidad del homicidio como la responsabilidad de Unigarro. En consecuencia, casó la sentencia absolutoria del Tribunal Superior de Bogotá y dejó en firme la condena impuesta en primera instancia por el delito de homicidio agravado contra el expolicía.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.







