El inicio de un nuevo gobierno, que coincide, además, con el restablecimiento de la bicameralidad, es una buena ocasión para reflexionar sobre un principio que es fundacional en las democracias modernas y que, no obstante, ha sido esquivo en su implementación entre nosotros. Me refiero al principio de rendición de cuentas y responsabilidad de quien ejerce el poder público. Se atribuye a Madison su formulación más clara en el número 51 de El Federalista. Ahí escribió que al construir un gobierno de hombres sobre hombres, primero hay que habilitarlo para controlar a los gobernados y, en seguida, obligarlo a controlarse a sí mismo. Para que esto ocurra así, Madison pensaba que no eran suficientes las elecciones periódicas. Que el poder provenga de elecciones libres era, sin duda, el freno primordial sobre el gobierno; no obstante, según escribió: "la experiencia ha enseñado a la humanidad la necesidad de precauciones auxiliares". Tales precauciones las desarrolló en una serie de argumentos sobre los controles recíprocos entre los poderes.

La ciencia política contemporánea ha profundizado en la relevancia del principio de responsabilidad y rendición de cuentas. Guillermo O'Donnell distinguió la accountability vertical —la que ejercen los electores y la sociedad— de la horizontal, que exige un conjunto de agencias estatales dotadas de autoridad legal y de autonomía real para actuar sobre otras, con capacidad de fiscalizar, transparentar y, llegado el caso, sancionar el comportamiento público. Como puede advertirse, la denominada accountability horizontal no es otra cosa que las "precauciones auxiliares" de Madison.